En esta jornada inaugural el fiscal del Tribunal Supremo Luis Navajas pidió al Alto Tribunal que condene por un delito de integración en organización terrorista de Rabei Osman El Sayed, alias 'Mohamed El Egipcio', que resultó absuelto ya que la Audiencia Nacional alegó que ya había sido condenado por este mismo delito en Italia. El fiscal recordó que la condena italiana todavía no es firme, lo que obliga a la Justicia española a condenarle por la masacre.

En su petición el fiscal Navajas solició para 'El Egipcio' una pena "dentro del baremo" establecido para el delito de integración terrorista, que va de los 6 a los 10 años de prisión, muy lejos de los más de 38.000 años que el Ministerio Público pidió para él en un primer momento. En su intervención ante el Supremo, el fiscal afirmó, respecto a la sentencia de la Audiencia Nacional, que condenó a 21 de los 28 procesados en el macrosumario por los atentados del 11-M, que los penados "son todos los que están pero en modo alguno están todos los que son".

En todo caso, Navajas reconoció que el recurso de la Fiscalía respecto a El Sayed puede decirse que carece de eficacia porque "va a ser condenado con seguridad en Italia", pero recordó que ello no es óbice para que se pida una pena en España porque no debe olvidarse que este procesado "es miembro de una célula terrorista que pretende derrotar regímenes democráticos y elimitar la cultura occidental, sustituyéndola por un régimen islamista radical". En este punto también recordó que el principio 'non bis in idem' supone que una persona no puede ser condenada dos veces por el mismo delito, si bien "desde el punto de vista legal, normativo y jurisprudencial" esto no quiere decir que no pueda ser, imputado, juzgado y condenado en nuestro país mientras se carezca de firmeza en lo que respecta a la condena italiana.

ASOCIACIÓN 11-M

También intervino el abogado de la Asociación 11-M Afectados por Terrorismo, Antonio Segura, que pidió para 'El Egipcio' una condena, no sólo por el delito genérico de integración en banda terrorista, sino también por los 191 muertos y 1.856 heridos que causaron los atentados. "En la sentencia italiana, los atentados de Madrid se citan como ejemplo, no como motivo para condenar -afirmó el abogado-. El 11-M fue juzgado en Madrid y debe juzgarse en Madrid, donde Rabei Osman formó parte de otra célula" diferente a la que fundó en Milá, defendió el letrado.

El abogado de la Asociación que preside Pilar Manjón también solicitó la condena de los absueltos de la denominada 'trama asturiana' de suministro de explosivos Antonio y Carmen Toro, y que se condene igualmente como 'inductores' de la masacre a los considerados por la Audiencia simplemente integrantes de la célula Youseff Belhadj, Mohamed Larbi Ben Sellam, Fouad El Morabit y Hassam el Haski.

Además, respecto a Abdelmajid Bouchar (quien huyó del piso de Leganés, en Madrid, antes del asalto de los Geos, el 3 de abril de 2004), solicitan que sea considerado autor material de los hechos al igual que los siete terroristas que se inmolaron en dicho piso. La Audiencia sólo condenó a este último por integración y tenencia de explosivos. El abogado Antonio García, en representación particular de la propia Pilar Manjón y otras víctimas, argumentó ante la Sala su petición para que Rafa Zouhier (condenado a 10 años por suministro de explosivos) lo sea también omo cooperador necesario en los hechos.

Durante la sesión de hoy también participaron el representante de la Asociación de Ayuda a las víctimas del 11-M José María de Pablo, y los abogados de la Asociación Víctimas del Terrorismo (AVT) Juan Carlos Rodríguez Segura y Emilio Murcia, que representas a víctimas particulares, ya que la asociación no impugnó la sentencia de la Audiencia Nacional, que únicamente ha recurrido el capítulo de indemnizaciones.