En sus 21 autos, la titular del Juzgado de Instrucción número 33 de Barcelona, Elisabet Castelló, acordó la semana pasada el sobreseimiento provisional parcial de la causa contra estas mujeres por un delito de aborto, al considerar que la conducta de las imputadas no es delictiva, sino que incurrieron en un "error invencible" sobre la ilicitud del hecho.

Esto supone que las mujeres tenían un conocimiento equivocado o juicio falso sobre la significación antijurídica de sus actos, por lo que no pueden ser condenadas.

La Fiscalía está estudiando los autos, pero previsiblemente no recurrirá la decisión, ya que considera que el criterio de la juez instructora es "jurídicamente acertado y razonable según los parámetros sociales" y además coincide con el del Ministerio Público.