El Tribunal Supremo hizo ayer público el contenido de la sentencia que confirma la condena a 15 meses de prisión y 7 años y 3 meses de inhabilitación absoluta impuesta al dirigente de Batasuna Arnaldo Otegi por enaltecer el terrorismo mediante su participación en el homenaje dispensado al etarra fallecido José Miguel Beñarán, alias "Argala", el 21 de diciembre de 2003 en Arrigorriaga (Vizcaya). Afirma que la actuación de Otegi no excluyó la "loa a la personalidad terrorista" de Argala y rechaza que la condición de parlamentario que ostentaba entonces le eximiera de responsabilidad penal al respecto.

La sentencia, en la que se rechazan uno por uno los seis motivos alegados por la defensa de Otegi en su recurso de casación, se ha notificado a las partes catorce días después de darse a conocer el fallo condenatorio, cuya ejecución fue ordenada de inmediato por la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional. En cumplimiento de esta resolución, Otegi se encuentra ingresado en la prisión de Martutene (San Sebastián) desde el pasado día 8.

Recurso

La publicación de la sentencia permitirá a la abogada de Otegi, Jone Goirizelaia, recurrir la condena ante el Tribunal Constitucional y solicitar una suspensión de la ejecución de la pena en el caso de que el citado recurso sea admitido a trámite, tal y como anunció la letrada tras conocer el fallo.

El contenido de la sentencia coincide con el criterio expresado en su día por la Fiscalía del Tribunal Supremo, que solicitó que se rechazaran los seis motivos alegados por la defensa por quebrantamiento de forma al estimar que la presunción de inocencia quedó plenamente desvirtuada mediante las pruebas realizadas en el juicio celebrado en la Audiencia Nacional.