Los magistrados adoptaron esta decisión después de que el que fuera director general de la Policía en el momento de los atentados del 11-M se negara a dar el nombre de esa persona argumentando que no podía revelar sus datos porque es una "fuente policial acreditada y honesta" del Cuerpo Nacional de Policía y que prefería que la responsabilidad recayera sobre él.

El presidente del tribunal, Javier Gómez Bermúdez, le rogó en varias ocasiones que meditara "tranquilamente" la consecuencia de su negativa no sólo por su condición de aforado al ser eurodiputado, sino por el problema que supone las situación en la que queda este proceso y le dijo: "medite, se lo ruego, más allá de su postura ética y del amor que dice tener a la Policía".

Pese a ello, Díaz de Mera persistió en su negativa y emplazó a su fuente, de la que dijo que estaba "absolutamente persuadido" de que estaba escuchándole, igual que otros policiales, para que "si ellos quieren dar el paso adelante, que sean ellos".

Manifestó sus dudas entre si había "colisión entre la ley y la moralidad de un sujeto", aunque finalmente dijo: "prefiero que la responsabilidad caiga sobre mí a que caiga sobre la fuente que me facilitó esa información".

Gómez Bermúdez insistió en que lo consultara telefónicamente con su fuente, a lo que el testigo señaló que "ni siquiera" sabía si esa persona tenía el teléfono intervenido y recalcó que "es una situación complicada pero aceptaré cualquier decisión".

Tras ello, el tribunal ordenó deducir testimonio contra el testigo en virtud del articulo 716 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que recoge el delito de desobediencia grave a la autoridad, penado con multa de 200 a 5.000 euros y en el caso de que el testigo persista en su negativa con hasta un año prisión.

Dada la condición de europarlamentario de Díaz de Mera, la sala comunicará lo ocurrido hoy al Tribunal Supremo, que será el que decida si pide el suplicatorio al Parlamento Europeo, que es el órgano que tiene que autorizar o no la continuación del procedimiento contra el ex director general.

El incidente se produjo a raíz de que el abogado de la Asociación de Ayuda a las Víctimas del 11-M, José María de Pablo, preguntara a Díaz de Mera quién le informó de la existencia del mencionado informe secreto, que, según dijo, lo había encargado el que fuera Comisario General de Información cuando ocurrieron los atentados, Telesforo Rubio.

Al negarse a revelar su fuente, el presidente del tribunal le advirtió de que estaba en la obligación de dar la información que se le requería en virtud del citado artículo, aunque el testigo manifestó que estaba "en disposición de aceptar las consecuencias", tras lo que el tribunal se retiró a deliberar y unos diez minutos después regresó y comunicó su decisión.

Antes de que el letrado le preguntara por la identidad de su fuente, Díaz de Mera aseguró que "por lo menos diez o doce personas" sabían de la existencia de ese documento, cuyos autores son un hombre y una mujer que dijo desconocer, pues no se lo indicó su fuente.

Comentó que el contenido de ese informe, del que dijo conocer "generalidades", no era información, sino una opinión y admitió que una entrevista que le hicieron en un medio de comunicación en septiembre de 2006 manifestó que los autores "decidieron hacer éticamente un informe real y no aceptaron la orientación previa".

Preguntado por dicha orientación, dijo que "presumiblemente" se refería a "la controversia falazmente establecida, con potencia reflejada en los medios de comunicación, entre la versión oficial y la llamada versión conspirativa" sobre la autoría del 11-M.

Recalcó que "en ningún momento" comentó que alguien hubiera dado "la orden de hacer desaparecer ese informe" con la orientación previa y apuntó que su fuente le indicó que "previsiblemente" se ordenó hacer para reforzar la versión oficial.

Tras el incidente, continuó la declaración del testigo, que se alargó hasta las 18.45 horas.