La querella, presentada ante la sala segunda del Tribunal Supremo, estima "contraria a derecho" la actuación de la Fiscalía, que forzó la absolución de Otegi en aplicación del principio acusatorio, ya que en la causa no estaba personada ninguna otra acusación particular o popular.

"Del relato de los hechos se desprende que la actuación del Ministerio no ha sido ajustada a derecho, por cuanto, si bien es verdad que en muchas ocasiones la Fiscalía cambia su acusación, esto se hace siempre en función de hechos jurídicos (no políticos) nuevos", señala la querella.

El escrito añade que, "sin embargo, en las presentes actuaciones no hay hechos jurídicos nuevos, y ello por cuanto los hechos supuestamente delictivos se cometieron hace más de cinco años.

Durante este periodo la Fiscalía siempre mantuvo su acusación, desde el principio al fin. Por eso, no puede sostenerse que de la Instrucción o de la celebración del juicio se desprende hechos o argumentaciones o justificaciones jurídicas nuevas". EFE

La omisión del deber de perseguir delitos está contemplada en el artículo 408 del Código Penal y se castiga con la pena de inhabilitación para ejercer el cargo por tiempo de seis meses a dos años.