El alto tribunal desestima así por unanimidad el recurso interpuesto por Mena, quien el pasado 6 de enero, en la celebración de la Pascua Militar en Sevilla, advirtió de que las Fuerzas Armadas tendrían que intervenir si algún Estatuto de Autonomía sobrepasase los límites de la Constitución.

El ponente de la sentencia, de la que únicamente se adelantó el fallo en una nota de prensa del Tribunal Supremo y que se hará pública en los próximos días, es el presidente de la Sala de lo Militar del Supremo, Angel Calderón, quien, junto a los magistrados Carlos García Lozano, José Luis Calvo, Angel Juanes y Javier Juliani, deliberaron a puerta cerrada alrededor de cinco horas entre ayer y hoy.

El fallo confirma la sanción disciplinaria de ocho días de arresto impuesta a Mena el pasado 7 de enero al considerarlo autor de una falta leve consistente en "expresar públicamente opiniones que supongan infracción del deber de neutralidad en relación con las diversas opciones políticas", prevista en el artículo 7.31 de la Ley Reguladora de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas.

Mena reclamó en su recurso al Alto Tribunal que decretase la nulidad de su arresto, a lo que se oponía la Fiscalía.

La vía del Supremo es la segunda instancia que ha utilizado Mena y consiste en un recurso contencioso disciplinario preferente y sumario por conculcación de derechos fundamentales -al ser una sanción impuesta por el ministro, según el artículo 23.5 de la ley orgánica 4/1987-, ya que el pasado 23 de febrero Defensa desestimó el recurso presentado por Mena contra el arresto.

En la resolución del 23 de febrero Bono ratificó que la actuación de Mena era motivo de una sanción por haber incumplido el deber de neutralidad en relación con diversas opciones políticas.

El 13 de enero el Gobierno aprobó el cese como jefe de la Fuerza Terrestre y el pase a la reserva del teniente general y acordó nombrar en su puesto al teniente general Pedro Pitarch Bartolomé.