El despacho de abogados, BUFETE MOLINA, es la cuarta generación de una saga familiar de abogados iniciada en el año 1908 por Fernando Villamarín, primer decano del Colegio de Abogados de Vigo. Este despacho multidisciplinar, en los últimos años se ha especializado en Derecho de los consumidores, y especialmente en reclamaciones de gastos de hipotecas, creando para ello un departamento de derecho bancario.
En los últimos años, y a raíz de una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los juzgados están imponiendo a las entidades bancarias, que se devuelvan todos los gastos hipotecarios que los consumidores han tenido que asumir hasta hace poco tiempo.
¿Qué gastos son los que se reclaman?
"Los gastos de hipoteca son todos los gastos de constitución (es decir, notaría, registro, tasación y gestoría)" explica el abogado Pepe Molina, bisnieto del fundador del despacho. "Esas facturas se reclaman con el interés legal. Por ejemplo: si reclamamos una hipoteca del año 2000 estamos hablando de 23 años de intereses, y puede que los 600 euros que pagaste en ese momento se conviertan ahora en 1.200".
De ese dinero, nos explican, las Entidades Financieras deben devolver a sus clientes la totalidad de los gastos de registro, gestoría y tasación, y el 50% del gasto de notaría, pagados en su momento. “Además, los juzgados de Vigo están anulando todas estas cláusulas e imponiendo al banco el pago de las cantidades que cobró indebidamente por su aplicación, condenándolo también al abono de las costas procesales”, afirma.
Vale cualquiera desde el 1984 hasta 2019, no importa que esté cancelada
"Sobre todo, queremos llegar a esa gente mayor que nunca ha revisado su hipoteca porque no creía que fuese posible reclamar nada, o porque ya la han amortizado desde hace años, y creen que no tienen derecho alguno a recuperar su dinero, pero la realidad es que sí lo pueden hacer. Y es muy interesante que sepan que todavía pueden reclamar tanto por las “famosas” cláusulas suelo, como por otras cláusulas abusivas contenidas habitualmente en el clausulado de las hipotecas: excesivo tipo de interés moratorio y el vencimiento anticipado, la comisión de posiciones deudoras..." explica.
“Evidentemente - nos dice Pepe Molina - la viabilidad de la reclamación en cada caso concreto se analiza previamente de forma muy cuidadosa y minuciosa antes de interponer, en su caso, la reclamación. Minimizamos al máximo el riesgo para que el cliente recupere lo su dinero con el interés correspondiente”.
¿Estamos a tiempo para reclamar?
“Si. Cuando una cláusula es nula por abusiva, lo es siempre, y puede reclamarse siempre. No obstante, respecto la restitución de cantidades, sí que tenemos un plazo de cinco años para recuperar estos importes. Actualmente, el tribunal europeo tiene pendiente resolver una cuestión que planteó el Tribunal Supremo para concretar desde cuando contamos este plazo. Pero si tenemos en cuenta la tesis más restrictiva y aplicando un criterio prudente, el plazo de cinco años se cuenta desde una sentencia del TS de 23 enero 2019; por tanto, el plazo podría terminar el próximo 23 enero 2024.
Solo para las hipotecas anteriores a junio 2019
Destaca Pepe Molina, que al cliente, uno de los aspectos que más les llama la atención es que, aunque el préstamo estuviera cancelado, todavía sería posible reclamar, siempre que la fecha del contrato sea anterior a 2019 ya que en marzo de este año se modificó la actual Ley Crédito inmobiliario aplicando el criterio actual de los tribunales
"Si conservas las escrituras de tu hipoteca, la reclamación es posible"
"Es necesario que el cliente conserve la escritura de préstamo y las facturas pagadas”. Por tanto, en las hipotecas actuales el banco ya ha asumido los gastos del préstamo hipotecario, a excepción del abono de la factura de tasación. “Nos ha venido gente para reclamar la devolución de los gastos de su hipoteca, que también tenían cláusula suelo y no lo sabían. Mucha gente piensa que al haber terminado de pagar el préstamo, ya no se puede hacer nada... En el despacho, hemos conseguido recuperar los gastos de una hipoteca del 1986, cancelada en el 1995”.
En definitiva, si compraste tu vivienda antes de 2019 y tuviste que pagar todos los gastos del préstamo hipotecario, estás a tiempo de reclamar y recuperar las cantidades. Puedes hacerlo, aunque tu hipoteca esté ya cancelada o hayas vendido el inmueble.