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Judicialización de la eólica: el Supremo tumba la anulación de otro parque en Galicia y consolida su aval a la tramitación de los proyectos en marcha

El alto tribunal da vía libre a la construcción del complejo Bustelo de Greenalia, paralizado por la supuesta fragmentación artificial

Aerogenerador de un parque eólico de Greenalia. |  FDV

Aerogenerador de un parque eólico de Greenalia. | FDV

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Julio Pérez

Julio Pérez

Vigo

Greenalia recibió el visto bueno medioambiental de la Xunta al parque eólico Bustelo en noviembre de 2020 y las autorizaciones administrativas y de construcción en julio del año siguiente. Situado en los concellos de Carballo y Coristanco, el complejo suma una potencia de 45 megavatios (MW) repartidos en 10 aerogeneradores y una inversión superior a los 45 millones de euros. La compañía ya alteró el proyecto inicial durante el examen de impacto. Eliminó un molino y cambió la ubicación de dos máquinas más y del centro colector para minimizar la posible afección ambiental y paisajística.

No fue suficiente para el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), que aceptó el recurso presentado por la Asociación para a Defensa Ecolóxica de Galicia (Adega) y anuló los permisos por los supuestos defectos en la tramitación y por «la fragmentación indebida» de las instalaciones. Bustelo comparte parte de las infraestructuras de evacuación con otros dos parques del grupo presidido por Manuel García (Campelo y Monte Toural) y la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSXG concluyó que deberían haber pasado por un análisis medioambiental conjunto para medir todas las consecuencias.

El parque eólico Bustelo se convirtió en uno de los casos más representativos de la judicialización del sector en Galicia. Por eso había tanta atención puesta en la decisión del Tribunal Supremo y las consecuencias para desbloquear la actual parálisis en la construcción de nuevos parques en la comunidad. La sentencia emitida este miércoles y ya en manos de las partes insiste en su jurisprudencia: se hizo todo como se tenía que hacer y la anulación de las autorizaciones «no es conforme a derecho».

El alto tribunal repite expresamente todos los argumentos que esgrimió con anterioridad, al respecto de la misma controversia con el parque Campelo. Tanto la reducción de plazos como el momento en el que se están recopilando los informes sectoriales fueron respaldados por el Supremo en casos previos y por el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), que descartó la vulneración de la normativa comunitaria de evaluación ambiental planteada por el TSXG.

Judicialización del sector

Respecto a la división en tres proyectos diferentes, el Supremo recordó la necesidad de demostrar que el tratamiento separado de elementos e instalaciones «puede responder a una alteración de la competencia o una evitación de mayores exigencias medioambientales». «El hecho de que se compartan determinados elementos no debe llevar, siempre e ineludiblemente, a la conclusión de que existe una fragmentación artificiosa de lo que debería haber sido un único parque eólico», enfatiza.

Bustelo, Campelo y Monte Toural se asientan en lugares «con puntos de accesos distintos, sin continuidad entre ellos y tiene por tanto cada uno su propia línea de salida de la electricidad generada». «La autonomía de los parques no resulta desvirtuada por el hecho de que las instalaciones respectivas se ubiquen la misma subestación, junto con las de otro parque, y que la línea de evacuación sea común», señala el auto con la reproducción del fallo de Campelo. Además, en la evaluación se incluyó un estudio de efectos acumulativos y sinérgicos para analizar el impacto conjunto. El Supremo insiste: determinar la fragmentación a efectos de su adecuada evaluación ambiental «deberá hacerse en cada caso atendiendo a las circunstancias concurrentes».

«La sentencia confirma que la administración y las empresas han realizado los trámites conforme a la ley europea, nacional y autonómica y es un paso más, después de cinco años de paralización, para resolver los más de de 200 contenciosos acumulados en el TSXG, pendientes de esta sentencia, reactivar el sector energético gallego y recuperar la seguridad jurídica industrial», valora Manuel Pazo, presidente de la Asociación Eólica de Galicia (EGA)

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