La cláusula en el testamento que puede evitar que pagues el Impuesto a las Sucesiones en Galicia
Este impuesto grava el patrimonio que reciben las personas físicas en el momento de recibir una herencia

Esta cláusula evitará que tengas que hacer frente a este impuesto. / Envato
El Impuesto de Sucesiones genera debate. Mientras unos argumentan que es un gravamen a un patrimonio que no era nuestro, otras personas defienden que en muchas ocasiones es un impedimento para recibir lo que nos deja un ser querido. Lo que muchos no saben es que en Galicia y el resto de España, el testamento puede incluir una cláusula que te evitará pagar el impuesto.
La solicitud de la herencia siempre está sujeta al Impuesto de Sucesiones y grava el incremento patrimonial por legado u otros títulos sucesorios. Para poder disponer de forma legal de los bienes heredados, todos los interesados deben pagarlo.
Sin embargo, cuando los herederos no cuentan con fondos para pagar este tributo, esta cláusula puede ayudarles a recibir su herencia.
Tercio de libre disposición
A la hora de redactar el testamento, podemos incluir una cláusula que establece un tercio de libre disposición de esta herencia que puede dedicarse al pago del impuesto. De esta forma, el pago no saldrá de los bolsillos de los herederos.
Además, muchas Comunidades Autónomas contemplan exenciones y reducciones para facilitar el pago de esta tasa a quienes desean recibir el patrimonio de un fallecido.
Para poder tramitar la herencia, el Banco de España indica que debemos solicitar el certificado de defunción del cliente, un certificado del Registro de Actos de Última Voluntad y una copia autorizada del último testamento. Si no existiese testamento, será necesaria la declaración de herederos ab intestato. Además, el banco te solicitará el documento de adjudicación y partición de herencia y un justificante del pago del impuesto sobre sucesiones o su exención.
Cómo pagar el Impuesto de Sucesiones
Para realizar el pago del Impuesto de Sucesiones basta con solicitarlo en la entidad financiera correspondiente. El banco emitirá un cheque a nombre de la Agencia Tributaria o de la Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma que corresponda.
Este cheque se destina al pago del impuesto y se emite a cargo de los bienes del fallecido. Si no entregamos la documentación requerida, la entidad tiene la potestad de retener la cantidad necesaria para el pago del impuesto, aunque podremos retirar fondos de la cuenta. También podremos solicitar un aplazamiento o fraccionamiento del tributo.
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