¿Puedes cobrar IMV y subsidio de 52 años a la vez en Galicia? Sí, si cumples estos requisitos que pide el SEPE
Estas ayudas son un apoyo importante para quienes pierden el empleo o se encuentran en una situación complicada al pasar los 50 años

El SEPE confirma que ambas prestaciones son compatibles. / Marta Fernández Jara / Europa Press
Las prestaciones como el Ingreso Mínimo Vital (IMV) o el subsidio para mayores de 52 años son una forma de proporcionar un apoyo a aquellas personas en situaciones complicadas mientras se favorece que la economía no se estanque por la pérdida de poder adquisitivo de quienes lo reciben.
En el caso del IMV es prevenir y revertir situaciones de pobrezas y exclusión en todo tipo de hogares. De base, la cuantía por beneficiario es de 565,37 euros, aumentando un 30% por cada miembro adicional de la unidad familiar a partir del segundo, con un máximo de un 220% de incremento.
Para quienes pueden recibir los dos subsidios, el Servicio Público de Empleo (SEPE) confirma que son compatibles, pero es necesario cumplir con ciertos requisitos.
Compatibilizar el IMV y el subsidio para mayores de 52 años
Lo que debemos tener en cuenta a la hora de querer compatibilizar estas prestaciones son las rentas familiares. El SEPE comprobará los ingresos totales del hogar para conceder ambas ayudas. Mientras no se supere el umbral del IMV, podremos recibir las dos ayudas.
Este umbral varía en función de distintos factores como el número de personas que forman la unidad familiar o si el solicitante tiene menores o personas dependientes a su cargo. Para determinar el importe de estos subsidios se estudia cada caso de forma individual.
Para poder recibir ambas prestaciones, debemos cumplir con los requisitos de cada una de ellas:
Subsidio para mayores de 52 años: Haber cumplido 52 años, estar inscrito como demandante de empleo, haber agotado la prestación contributiva, tener al menos 15 años cotizados y no superar el 75% del SMI en ingresos personales.
Ingreso Mínimo Vital: Residir de forma legal en España durante al menos un año, ser mayor de 23 años, no ser administrador de una empresa, no superar los límites de ingresos y patrimonio establecidos por la Seguridad Social.
Cómo solicitar ambas ayudas
Lo primero que debemos tener en cuenta a la hora de iniciar estos trámites es revisar bien lo que nos piden y tener preparada toda la documentación que nos pueden solicitar. Esto gana importancia si tenemos en cuenta que, cuando el SEPE y la Seguridad Social cruzan sus datos de forma automática, cualquier error o desajuste puede hacer que suspendan el IMV.
Los datos más relevantes que debemos revisar son:
- Ingresos totales del hogar y comprobar si estos superan los límites marcados para el IMV.
- Contar con documentos que acrediten el número de personas que conforman la unidad familiar.
- Comprobar que el subsidio para mayores de 52 años no supere la cuantía mínima del IMV.
- Tener al día toda la documentación y acreditar cualquier cambio en la situación económica o de convivencia en el hogar.
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