Golpe de suerte para los transportistas gallegos: llegan las ayudas para prejubilarse antes de los 65
En 2025 se han facorecido de esta medida 321 trabajadores del sector

El ministro de Transportes y Movilidad Sostenible, Óscar Puente. / Jesús Hellín
El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible señala que invierte 9,6 millones de euros en subsidios para apoyar la prejubilación de transportistas autónomos.
Este año, la medida ha favorecido a 321 transportistas mayores de 63 años o con una reconocida una incapacidad permanente absoluta, entre otros requisitos.
El objetivo de estas subvenciones es, por un lado, proporcionar un retiro digno a los profesionales que lo deseen y, por otra parte, favorecer el relevo generacional en el sector. Para lograr esto último, la medida acoge a titulares de microempresas que, ya sea por su edad avanzada o por distintas situaciones de vulnerabilidad, encuentran dificultades extra en sus tareas.
Requisitos para recibir las ayudas
Para acceder a estas ayudas, los interesados deben cumplir con dos requisitos:
- Tener una edad superior o igual sesenta y tres años o haberle sido declarada una incapacidad permanente absoluta o total para el desempeño de la profesión habitual de transportista.
- Al menos una de las autorizaciones de transporte público de que sea titular el solicitante debe estar en vigor en el momento de presentación de la solicitud y hasta que se renuncie a ella por resultar beneficiario de la ayuda o, en su caso, en la fecha de aprobación de la pensión de incapacidad.
Esta medida forma parte del Plan Impulsa, alineado con la Estrategia de Movilidad Segura, Sostenible y Conectada 2030. La iniciativa no solo pone el foco en el retiro de los transportistas, también plantea alternativas para la sostenibilidad del sector y la mejora de la seguridad vial.
Otros trabajos con jubilación anticipada
la edad de jubilación puede ser rebajada o anticipada en ciertas profesiones. Concretamente, como explica el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la jubilación anticipada es para aquellos trabajos «de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad».
Además, los trabajadores afectados deben acreditar el mínimo de actividad establecida, estar en situación de alta o asimilada a la de alta y cumplir con los demás requisitos generales exigidos.
Asimismo, en ningún caso los interesados podrán percibir la pensión de jubilación si tienen menos de 52 años, a excepción de «los trabajadores de los regímenes especiales (Minería del Carbón y Trabajadores del Mar) que, en 01-01-08, tuviesen reconocidos coeficientes reductores de la edad de jubilación, en cuyo caso, seguirán siendo de aplicación las reglas establecidas en la normativa anterior».
Así las cosas, el listado de grupos profesionales que pueden disfrutar de una jubilación anticipada en España es el siguiente:
- Trabajadores incluidos en el Estatuto Minero
- Personal de vuelo de trabajos aéreos
- Trabajadores ferroviarios
- Artistas (cantantes, bailarines y trapecistas)
- Profesionales taurinos
- Bomberos al servicio de las administraciones y organismos públicos
- Miembros del Cuerpo de la Ertzaintza
- Policías locales
- Miembros del Cuerpo de Mossos d´Esquadra
- Policía foral de Navarra
El Gobierno quiere ampliar el listado de profesiones
La ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elma Saiz ha anunciado la puesta en marcha de un nuevo sistema de coeficientes reductores, que permitirán a patronales y sindicatos más representativos de los distintos sectores solicitar al Ejecutivo adelantar el retiro en aquellos gremios más penosos o desgastantes para el cuerpo. Este mecanismo ya ha sido aprobado por el Consejo de Ministros.
Los indicadores que avalarán la ampliación de la jubilación anticipada son el número de bajas por incapacidad temporal que cada año registran las empresas del sector, el tiempo de dichas bajas y el número de fallecimientos derivados de accidentes de trabajo.
Otros medidores serán la exposición a «temperaturas extremas, ruido o vibraciones; el uso permanente de la fuerza física; la exposición a agentes físicos, químicos o biológicos, la exposición a agentes físicos, químicos o biológicos agresivos o nocivos o la exposición a un ambiente susceptible de ser perjudicial para la salud del trabajador», según ha enumerado el Ministerio en un comunicado.
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