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Hacienda lo confirma: podrá cerrar tu cuenta y anular tus tarjetas si estás en esta lista

Se trataría de una medida preventiva y de carácter temporal

Hacienda lo confirma, podrá cerrar tu cuenta y anular tus tarjetas si estás en esta lista.

Hacienda lo confirma, podrá cerrar tu cuenta y anular tus tarjetas si estás en esta lista. / PIXABAY

Luis Alloza

La Agencia Tributaria ha puesto en marcha una medida preventiva y contundente: podrá inmovilizar cuentas bancarias, y anular tarjetas de crédito o débito a aquellos contribuyentes incluidos en una lista especial. Esta medida, de carácter temporal, se activará en determinadas circunstancias y busca asegurar el cobro de deudas pendientes con el fisco.

¿Quiénes están bajo el foco de Hacienda?

El mencionado registro incluye tanto a personas físicas como jurídicas que tengan deudas con Hacienda superiores a 600.000 euros y no hayan sido abonadas ni fraccionadas.

Además, quienes acumulen e ignoren requerimientos fiscales también podrían figurar en el listado, aunque la deuda sea menor, por reiterado incumplimiento de sus obligaciones.

El artículo 162 de la Ley General Tributaria permite a Hacienda solicitar a las entidades financieras tomar las siguientes medidas para hacer frente al fraude y la morosidad:

  • Bloquear transacciones: impedir transferencias, pagos o retiradas de efectivo.
  • Anular tarjetas de crédito y débito vinculadas.
  • Restringir el acceso a productos financieros adicionales (como préstamos o líneas de crédito)

Se ha de remarcar que no se trata de un embargo como tal, sino de una paralización preventiva antes de iniciar el procedimiento formal de recaudación.

¿Cómo saber si estás en la lista?

La Agencia Tributaria publica cada año la lista de grandes deudores en su página web oficial. Aquellas personas incluidas en el listado reciben una notificación previa, ya sea por correo electrónico o en su buzón de la sede electrónica de la AEAT.

También se puede consultar la situación fiscal en el portal de Renta WEB o en el apartado ‘Deudas y Pagos’, en el área privada del contribuyente, donde figuran todos los expedientes y requerimientos pendientes.

Así puedes evitarlo

Para evitar que Hacienda paralice tu cuenta bancaria por esta razón, existen varias opciones:

  • La principal es pagar la deuda, total o parcialmente. De este modo, la Agencia Tributaria desbloqueará las cuentas.
  • En caso de no disponer del dinero necesario, solicitar un aplazamiento o fraccionar el pago, siempre que se cumplan unos requisitos.
  • Si consideras que la inclusión en la lista es errónea o injusta, también puedes presentar alegaciones.

En todos los casos, la rapidez es clave, ya que el proceso es automático y ágil, y una demora podría derivar en el embargo definitivo de las cuentas y tarjetas, o en acciones judiciales.

Con esta medida, el objetivo de Hacienda es cobrar las deudas pendientes y reducir el riesgo de evasión de capitales.

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