Llama «gordo de mierda» a un compañero, forcejea con él, resulta lesionado y lo despiden del hotel gallego en el que trabajaba

Ambos trabajadores estaban enfrentados por la colocación de unas tostadoras y el cesado acabó con lesiones en el cuello

Hotel en el que ocurrieron los hechos

Hotel en el que ocurrieron los hechos / Víctor Echave

La colocación de unas tostadoras en la zona de buffet de un hotel de A Coruña desembocó en una refriega entre dos compañeros que se saldó con sanciones dispares para ambos. La empresa aplicó un despido disciplinario a uno de sus camareros por proferir «graves descalificaciones» hacia el otro empleado, cocinero: «Gordo de mierda», «gordito», «no vales para otra cosa», «lárgate de aquí». Presenciaron los hechos, ocurridos en junio de 2023, otros empleados.

El despedido, que acabó la pelea con lesiones, buscó amparo por la vía judicial, pero tanto en primera instancia como el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) se la dieron la razón a Galenas Hotels, que gestiona el Eurostars Atlántico de cuatro estrellas de la ciudad. «El trabajador ha de actuar respetando la dignidad e integridad de los demás compañeros y observando las elementales normas de pacífica convivencia», apuntan los magistrados.

La sentencia, de finales del año pasado, recoge con extensión los hechos. Se detalla que entre ambos empleados había tensiones previas a la pelea por a quién le correspondía colocar las tostadoras. También figura que el trabajador despedido ya había sido sancionado antes, tras una queja de un cliente por una atención deficiente, aunque la defensa trató de rebatir este punto.

En la refriega, el cocinero insultado «perdió los nervios» y escupió al camarero, tras lo que el pique dialéctico pasó al terreno físico. El forcejeo entre ambos se saldó con lesiones en el cuello del, a la postre, trabajador despedido, que también denunció esos hechos por la vía penal. El cocinero, además, rompió una puerta de una patada. Sin embargo, la empresa achaca a solo uno de ellos la creación de «entorno laboral intimidatorio, hostil y humillante» con sus «insultos vejatorios y humillantes».

RECORRIDO POR EL INTERIOR DEL BARCO BUQUE OFFSHORE LAY VESSEL 108 EN EL ASTILLERO METALSHIPS & DOCKS ANTES DE SER ENTREGADO AL ARMADOR AMERICANO MCDERMOTT. SALON. COMEDOR. BUFFET. BARCO. CONSTRUCCION NAVAL. OFF SHORE

El conflicto se originó por la colocación de unas tostadoras en el buffet / J. Lores

La defensa del trabajador se apoyó en varios argumentos, que al cabo fueron desestimados. Uno de ellos apuntaba a que los hechos no sucedieron tal y como se narran en la carta de despido y que el origen del conflicto se debía a la actitud del cocinero. Pretendía demostrar que este trabajador también tenía problemas con otros compañeros.

Discriminación

Sin embargo, los jueces vieron acreditado el relato expuesto por la empresa. Sin que se aprecie «provocación suficiente», insultó gravemente con «descalificaciones dirigidas hacia su aspecto físico totalmente desproporcionadas e intolerables» y se enganchó en un forcejeo. Ello implica que incurrió en la falta de malos tratos de palabra u obra o en la falta grave al respeto y consideración de sus compañeros, ambas recogidas en el convenio colectivo de aplicación como causa de despido disciplinario.

Otra de las vías que intentó el trabajador fue demostrar que la firma hotelera había tratado a ambos de manera discriminatoria. «La empresa puede considerar, en el libre ejercicio de su facultad disciplinaria, que una de las conductas debe ser sancionada con mayor severidad que otra», argumentó el Juzgado de lo Social n.º 1 de A Coruña, una interpretación que respalda el TSXG.

«Ello supone la posibilidad de que ante unos determinados hechos el empleador pueda optar por imponer diferentes sanciones a trabajadores que hubieran incurrido en iguales faltas, salvo que, como señala el juzgador de instancia, tal diferente trato responda a otras razones torticeras como son una discriminación por razón de sexo, raza, edad, religión, etc.», razonan los magistrados.

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