La sala del TSXG que lleva los casos de eólica se parte en dos
Tres de los magistrados sacan adelante el rechazo a paralizar una línea de evacuación, mientras Cambón y Villares votan en contra

Un parque eólico en Galicia. / Carlos Castro (Europa Press)
A la retahíla de autorizaciones a parques eólicas con suspensión cautelar por orden del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) a causa del posible daño irreversible al medio ambiente se sumaron en las últimas semanas el complejo Orballeira, de 19,8 megavatios (MW) promovido por Sinagra Investments; Fial das Corzas, de Iberdrola, con 41,6 MW; y Penas Boas, en manos de Greenalia y con 15,6 MW. La sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo lleva ya 151 autos emitidos sobre 67 proyectos a partir de la oleada de recursos por parte de organizaciones ecologistas y 62 se quedan de momento en el cajón hasta entrar en el fondo de las denuncias. Aunque el TSXG no dio a conocer estos últimos tres casos hasta ayer, las resoluciones de suspensión se firmaron el 25 y el 30 de septiembre y el 9 de octubre.
A esa misma sala están llegando los pleitos de las entidades vinculadas al movimiento Eólica, así non contra las infraestructuras de evacuación que los parques necesitan para conectarse a la red eléctrica y volcar su generación. Los argumentos de los demandantes son muy similares. Petón do Lobo lo hizo con la línea de la sociedad Serra do Faro en los concellos de San Cristovo de Cea, Piñor, O Irixo y Dozón. Un tendido de 18,7 kilómetros para dar salida a la producción de hasta cuatro parques eólicos.
En su primer auto sobre este tipo de infraestructuras, emitido con posterioridad (6 de noviembre) a los de los tres últimos parques suspendidos, la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo se aleja de su posicionamiento habitual y rechaza la pretensión de Petón do Lobo de suspender la línea. «No solo se presume el interés que su puesta en funcionamiento tendrá para la colectividad (vecinos, industrias y servicios en general), sino que, además —esgrime—, viene avalado por el hecho de que su ejecución fue declarada de utilidad pública para proceder a la urgente ocupación de los bienes y derechos que resulten afectados». Como ocurre en los parques.
Ante los intereses en juego en el caso —defensa del medio ambiente, necesidad de la promotora y servicio público—, el TSXG concluye que prevalece «la relevancia que tiene la urgente construcción y entrada en funcionamiento» de la infraestructura porque «no se acreditó que exista un riesgo real y efectivo de que se causen daños irreparables o de difícil reparación».
Pero no es una decisión unánime. La avalan tres magistrados. El presidente de la sala, Francisco Javier Cambón, emitió un voto particular que suscribe «íntegramente» el juez Luis Villares, apelando a «los principios de cautela y prevención» por «la afectación medioambiental».
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