Sousa irá seis años a la cárcel por quebrar Pescanova SA: “Embaucó a los inversores”

El Supremo condena al expresidente por falsear las cuentas y tratar de evadir 4,65 millones a Hong Kong | Absuelve a BDO pero emplaza a los estafados a recurrir a la vía civil contra la auditora | El equipo directivo, condenado a menos de 2 años

Manuel Fernández de Sousa, en la Audiencia Nacional.

Manuel Fernández de Sousa, en la Audiencia Nacional. / FERNANDO ALVARADO

Lara Graña

Lara Graña

“Es evidente que mi vida se acabó, que estoy arruinado, que ya no soy ni seré nadie [...] Sé que terminaré en la cárcel y arruinado”.

Manuel Fernández de Sousa-Faro anticipaba así, hace ya diez años, que la desmedida ambición con la que había gobernado Pescanova lo llevaría a un presidio.

“Me doy cuenta –escribía a un confidente, en unos mensajes desvelados en exclusiva por FARO e incorporados a la instrucción– de que no hay ninguna posibilidad de evitar las consecuencias de la quiebra, que será fraudulenta, y que me arrastrará sin duda a la cárcel y la ruina”.

El empresario (Mérida, 1951) fue premonitorio. Lo que quizás no aventuraba es que tendría que digerir él solo una bola tan grande: de las doce penas de prisión dictadas en la sentencia de la Audiencia Nacional por la quiebra de la pesquera, solo la suya, la del antaño todopoderoso hijo del fundador, será efectiva. Seis años de cárcel dictados por el Tribunal Supremo por un delito continuado de falsedad en cuentas anuales, de falseamiento de información económico-financiera y alzamiento de bienes. Su guardia pretoriana en la compañía, el equipo que directivos que lo ayudó a crear una Pescanova irreal para engañar a la banca y a inversores para mantener su expansión desaforada, no irá a la cárcel al recibir penas inferiores a los dos años y carecer de antecedentes penales. La condena va directa al corazón de Fernández de Sousa: contra su libertad, su patrimonio y la empresa, Pescanova SA –como persona jurídica– que le dio y arrebató todo.

“La verdad es que nunca imaginé que llegase a estar en esta situación. A mi edad, sin trabajo, sin prestigio”.

Con la sentencia de la Sala de lo Penal del Supremo, emitida el 10 de febrero y trasladada ayer a las partes, se pone “definitivamente término al procedimiento”. Con un reguero de condenas infinitamente más benévolas que las dictadas en primera instancia. Sobre todo en lo concerniente a la auditora BDO y a su socio director Santiago Sañé, que se había convertido en el primer auditor condenado a prisión en España. El Alto Tribunal no escatima en críticas hacia esta compañía, pero la ha absuelto del delito de falseamiento de cuentas anuales; Sañé también ha quedado exonerado. El fallo lleva la firma de Manuel Marchena (presidente), Julián Sánchez Melgar, Pablo Llarena, Vicente Magro y Leopoldo Puente (ponente) y se extiende a lo largo de 395 extenuantes páginas. Sousa, que había sido condenado por la Audiencia Nacional a ocho años de reclusión, ha logrado ser absuelto de los delitos de falsedad en documento mercantil y estafa agravada, lo que ha permitido adelgazar también la condena del ala dura de su equipo de dirección. No recuperará los 4,65 millones de euros que intentó llevarse a Hong Kong vía Portugal, en acuerdo con su esposa (Rosario Andrade Detrell), con el falso pretexto de aprovechar las mejores ofertas financieras asiáticas.

Las tretas

El documento recuerda el relato de hechos de primera instancia: Sousa, con la “anuencia explícita de gente de su confianza”, ejecutó un heterogéneo abanico de prácticas irregulares para ocultar la situación de quiebra de Pescanova, a la que había embarcado en una estrategia de crecimiento basada inicialmente en “préstamos baratos” y a la que dedicó, solo entre 2007 y 2013, cerca de 834 millones de euros con el objetivo de liderar el ranking mundial del sector. Dejó de poder pagar esos créditos y se pasó a la inventiva: creó una red de empresas instrumentales para fingir la compraventa de pescado, inventó facturas con clientes anteriores, ocultó deuda en filiales o emitía órdenes masivas de compra para simular una actividad empresarial que le permitiese acceder a líneas de factoring o créditos documentarios. Siempre, como ha defendido hasta la extenuación, pensando “en el beneficio de la sociedad”. “El acusado presenta y asume la realización de esas prácticas como una suerte de comportamiento inane, que le fue impuesto por la realidad del mercado”, expone el dictamen. Unas tretas que “le capacitaron también para proyectar en las cuentas anuales de la mercantil que presidía y en los folletos informativos correspondientes, una falsa imagen de solvencia, hábil para embaucar a posibles inversores”. No salió bien: Pescanova SA protagonizó el mayor concurso no inmobiliario de la historia de España, con un pasivo superior a los 3.650 millones de euros. En un rally hacia su supervivencia, la multinacional perdió activos como Pesca Chile, Nova Austral, Lafonia (Malvinas), Austral Fisheries (Australia), Nova Honduras, Acuinova Actividades Piscícolas (Portugal), Hasenosa o Belnova (Uruguay).

“Mal con mi abogado [...] mal porque me están tirando las naves de A Lagoa y encima parece que Pescanova vendió lo de Australia”.

Con la crisis financiera, esos “créditos baratos” de los que se servía Fernández de Sousa –el entonces director general de Caixa Galicia, José Luis Méndez, fue uno de sus grandes mecenas– se evaporaron. Ahí empezó a funcionar la rueca de las “añagazas”, las mentiras. “Lo cierto es que Manuel Fernández de Sousa-Faro procedió a falsear dolosamente la información económico-financiera en los documentos que la sociedad debía publicar y difundir [...] opacando deliberadamente el pasivo bancario que trataba de simular [...] todo ello con el propósito de captar inversores y obtener así financiación suficiente para continuar con el desarrollo de la empresa; conducta que, sin la menor duda, se realizaba en beneficio de ésta”. Ese beneficio en favor de Pescanova SA es lo que la acaba de condenar en firme a la sociedad por falseamiento en la información económico-financiera; deberá satisfacer, junto con Sousa, los más de 125 millones de pérdidas que reclaman los fondos de inversión y ahorradores particulares que invirtieron en la pesquera confiados en que las cuentas eran reales.

La absolución de BDO dilapida las opciones de los afectados de recibir los más de 125 millones de indemnización

Aquí entra el rol de BDO, enormemente reprobado en primera instancia. El fallo del Supremo, en este aspecto, es duro contra la sentencia de la Audiencia Nacional, que tacha de “confusa”, “dispersa en el relato” o “carente de asertividad”. “No se añade explicación alguna con relación a los motivos por los cuáles el ahora acusado [en referencia a Sañé, el auditor responsable] se habría prestado a dichas prácticas, sin que exista la menor constancia de que, en efecto, percibiera por ello alguna clase de sobreprecio, en su propio beneficio y/o en el de la sociedad”. ¿Esto disculpa el proceder de la auditora, que debía verificar que, en efecto, las cuentas de la cotizada Pescanova SA se correspondían con la realidad? En absoluto. El propio fallo redactado por Lepoldo Puente expone “podría justificar, con toda evidencia, el ejercicio frente a la auditora y/o frente a Santiago Sañé de las acciones civiles que los perjudicados por su actuación pudieran considerar procedentes”. Porque el trabajo de BDO se ejerció de manera “descuidada, desatendiendo las facultades de supervisión a las que se había comprometido, y pasándole inadvertidas deficiencias relevantes que, en una praxis profesional adecuada, hubiera podido y debido detectar”.

El papel de BDO en lo relativo a las indemnizaciones es capital, por cuanto en primera instancia había sido condenada a indemnizar de manera solidaria, con los demás condenados, a entidades como Luxempart, Grupo Damm o Silicon Metals Holding. Solo la auditora disponía de una póliza de seguros, con Mapfre, que garantizaba el pago de 40 millones de euros. Desaparecida BDO de esta ecuación, solo queda una mercantil sin actividad (Pescanova SA) y un empresario que, en su inventario de bienes, aportó un listado escuálido: dos coches usados, una cuenta bancaria con poco más de 4.000 euros, acciones sin valor y un terreno no urbanizable en El Escorial. Las opciones que tienen ahora los afectados por la quiebra pasan ahora por emprender estas acciones civiles contra la auditora, sin perjuicio de que Pescanova SA intente repercutir esta sanción sobre Nueva Pescanova. Intentará, en todo caso, aplicarle la misma quita que sufrieron los atrapados en la quiebra del grupo, de un 85%.

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En su declaración en el juicio, celebrado entre diciembre de 2019 y julio de 2020 en Madrid, Manuel Fernández de Sousa atacó a la banca y a fondos inversores por una especie de confabulación en su contra. A los segundos, por no haberle ayudado a evitar el concurso con un préstamo urgente para hacer frente a un préstamo sindicado; él si lo hizo, con 9 millones de euros, de los que recuperó 6 el mismo día en que solicitó el preconcurso. A los primeros, por actuar con usura contra Pescanova, con la concesión de créditos a corto plazo con elevados intereses. Lo cierto es que no hubo entidades financieras, salvo Bankia, personadas en el procedimiento. Pero la Justicia, tanto en primera instancia como en este recurso de casación, no atendió a estas diatribas del empresario. Eso sí, el Supremo exhibe en su sentencia un proceder más que laxo por parte de los bancos, que concedían a la pesquera todo tipo de instrumentos financieros, por extraños que fueran (como los créditos documentarios entre filiales, que normalmente se conceden cuando no hay una relación de confianza entre las partes). “Ninguna gestión de cobro practicaban con el deudor, limitándose a esperar simplemente el pago, vencido el plazo, por Pescanova”, zanja el fallo. “En los créditos documentarios ni siquiera se entretenían las entidades financieras, conforme la propia sentencia impugnada viene a proclamar, antes de liberar los fondos, en recabar los correspondientes documentos que fundamentan la existencia misma de esta clase de negocios”. “Las entidades financieras autorizaban los pagos sin asegurarse en modo alguno que la mercancía hubiera sido enviada”. A juicio del Supremo, Sousa y su equipo no actuaron con las entidades con beneficio de lucro y no pretendían dejar de atender pagos, sino perpetuar una huida hacia adelante que se vino al traste en 2013. De ahí la absolución, para el expresidente y su cúpula, del delito de estafa agravada.

Diez años

Contra la sentencia de la Audiencia Nacional se interpusieron 19 recursos de casación, y en todos ellos se reclamó una rebaja en las penas por la atenuante de dilación indebida. No en vano, este 28 de febrero se cumplirán diez años de la noche en que Pescanova comunicó a la CNMV –como avanzó este periódico entonces en primicia– que era insolvente. “Ya el primero de dichos períodos, –menciona la sentencia del Supremo sobre la fase de instrucción–, aproximadamente siete años, supera con holgura los parámetros que, de ordinario, vienen siendo empleados por esta Sala para calibrar, de manera flexible, la eventual existencia de dilaciones indebidas”.

“No voy a poder durar mucho. Como mucho serán seis semanas y luego ya no seré presidente nunca más, amén de que de aquí a allí las querellas se multiplicarán por miles contra mí y harán público que se estuvo perdiendo dinero estos años atrás”.

las condenas

  • Joaquín Viña Tamargo

    Un año y tres meses

  • Antonio Táboas Moure

    Un año y tres meses

  • Alfredo López Uroz

    Un año y tres meses

  • Ángel Glez. Domínguez

    Un año y cuatro meses

  • Carlos Turci Domingo

    Un año y tres meses

  • Rosario Andrade Detrell

    Seis meses

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