Advertencia de Hacienda: también hay que declarar el dinero que nos regalan en Navidad
Estas son las cifras a partir de las cuales debes declarar lo que te traspasan
R.V.
La Navidad es una época de regalos y celebraciones. También es una época de quebraderos de cabeza para conseguir hacer un presente que vaya a gustar y que triunfe pero, no todo el mundo está dispuesto a rebanarse los sesos por encontrar un regalo original y a menudo, son muchos los que optan por dar dinero. Un gesto con el que siempre se acierta pero, que también puede traer algún que otro disgusto al destinatario.
De hecho, Hacienda ha alertado de cara a estas fechas sobre la necesidad de declarar el dinero que nos regalan. No se establece una cantidad mínima a partir de la que una donación debe ser declarada, por lo que se entiende que cualquier cuantía debe pasar por los brazos de la Agencia Tributaria.
Hacienda entienda cualquier donación como un un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta así que todo dinero regalado debe declararse. Desde la propina de la abuela hasta esos 50 euros que te regala tu tío por Navidad ya que, a ojos legales está visto como un traspaso de dinero que debe pasar por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Así que en caso de realizar una donación durante estas navidades, convendría presentar la liquidación del impuesto a Hacienda en un periodo de 30 días hábiles. De no hacerlo, la Agencia Tributaria podría imponer algún tipo de sanción económica.
También es cierto que, al ser una tarea muy difundida popularmente y la cuantía a declarar por ese regalo suele ser mínima, Hacienda no recurre ante ello. Eso sí, conviene saber que está considerado como una donación y como tal se debe tener en cuenta ante un posible movimiento sospechoso.
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