El Diario Oficial de Galicia (DOG) ya ha publicado la resolución de la Xunta por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del nuevo Programa del bono alquiler para jóvenes y procede a su convocatoria para el año 2022. Las solicitudes ya se pueden presentar a partir de este viernes 1 de julio.

Estas subvenciones, que se concederán por un periodo de dos años y con un importe de 250 euros --siempre que no se supere la cuantía de la renta mensual--, están dirigidas a persona de entre 18 y 35 años que tengan su residencia habitual en una vivienda o habitación en régimen de alquiler o de cesión de uso.

¿Quién puede pedirlo?

El bono joven al alquiler lo podrán pedir aquellas personas que tengan una vivienda arrendada y que cobren rentas del trabajo inferiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem), es decir, hasta 24.318,84 euros. El límite de ingresos se aplica como renta del hogar, para todas las personas que tienen su domicilio habitual en el apartamento, aunque no figuren en el contrato. No obstante, habrá posibilidad de regular algunas excepciones a este requisito. En todo caso, sí que es obligatorio que los receptores estén empadronados en el municipio en el que viven.

Hay un caso en el que el límite de rentas puede incrementarse a cuatro veces el Iprem (32.425,12 euros): cuando el beneficiario se desplaza entre provincias o entre comunidades, de manera que no se perjudique la movilidad laboral. El cambio de residencia, además, no es motivo para perder el bono, siempre que se cumplan los requisitos.

Precio máximo de los alquileres

Al límite de la renta percibida se le añade la cuantía máxima a la que pueden ascender los arrendamientos. Se sitúa en 600 euros con carácter general, aunque el decreto del Gobierno abre la vía para que las comunidades puedan poner ese tope en 900 euros. Esa excepción está pensada para ciudades con los precios muy tensionados, como Madrid o Barcelona; no es probable que se aplique en Galicia.

Lo que también queda definido en la norma que ampara el bono es que se trata de una ayuda finalista, es decir, tiene que dedicarse al pago de la renta. Eso implica que si la renta es inferior a los 250 euros solo se podrá cobrar esa cuantía.

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Pisos compartidos y alquiler por habitaciones

Un caso particular es el de las viviendas compartidas. Puede darse el caso de que tres jóvenes, susceptibles de pedir la ayuda, convivan en un apartamento con una renta superior al límite de los 900 euros. En esta casuística, serán las comunidades autónomas, que son las que gestionarán la tramitación, las que determinarán qué hacer.

En cuanto a los que en lugar de alquilar una vivienda entera arriendan una habitación, tienen unas condiciones específicas. Para ellos es inflexible el límite de tres veces el Iprem (24.318,84 euros) y la renta no puede superar los 300 euros, que pueden ascender 450 euros en las ciudades más caras.

¿Y si se cobran otras ayudas?

El bono será incompatible con medidas similares que estén vigentes en las distintas autonomías, de forma que no se podrá cobrar si ya se recibe un ayuda anterior. A priori, no parece que vaya a colidir con ninguno de los programas de vivienda de la Xunta, pero habrá que esperar al detalle de la negociación bilateral entre ambas administraciones. En todo caso, el subsidio sí se puede compaginar con otras iniciativas sociales, como el ingreso mínimo vital o las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social. Las comunidades, además, podrán habilitar un régimen especial para inquilinos especialmente vulnerables.

La norma aprobada abre la puerta a recibir una cuantía superior a los 250 euros citados. Se trata de un segundo programa que las comunidades podrá impulsar también con fondos estatales. Podrán llegar a cubrir al 60% del importe de la renta, también para menores de 35 años que no superen el triple del Iprem, aunque en esta ocasión se podrá multiplicar por cinco (40.531,4 euros) en función de las circunstancias familiares.

En caso de querer sumar ambas ayudas, solo se podrá recibir el 40% del importe de la renta que el bono joven no alcance. Si un joven paga 500 euros al mes y recibe 250 euros de bono joven, con esta segunda línea de subvenciones solo recibirá el 40% de los 250 euros que quedan sin costear por el primer subsidio. Es decir, podría ingresar 250 euros de una ayuda y 100 de otra, hasta un total de 350 euros sobre los 500 de la renta.

Además, el Gobierno gallego ha aprobado la renovacion del 'Bono Alugueiro Social', que cubrirá la totalidad del alquiler a familias más vulnerables con un presupuesto de 11,2 millones de euros.