El Tribunal Supremo rechaza admitir el recurso presentado por Deliveroo contra una sentencia de enero de 2020 –que dictaminó que más de 500 de sus repartidores en Madrid eran falsos autónomos– y confirma sus conclusiones.

El fallo recuerda que el Supremo ya unificó doctrina en septiembre del pasado año, cuando dictaminó en un caso similar –entonces el denunciado era Glovo– que la relación entre estas plataformas y sus riders tiene naturaleza laboral. Desde la compañía señalan que su relación con los repartidores ha cambiado desde entonces. El tribunal desestimó los argumentos de la compañía, entre ellos una sentencia a su favor obtenida en los juzgados de Cantabria, y remarcó que la doctrina vigente la marca el fallo del Supremo de septiembre contra Glovo al “dar respuesta a la nueva realidad que supone la prestación de servicios a través de plataformas digitales”.