Tras admitir en el Plan de Recuperación remitido a la Comisión Europea “la paulatina desaparición de la reducción por tributación conjunta”, el Gobierno asegura ahora que la incorporación de esa frase en el documento “fue un error” y que la supresión de esta deducción “no es un tema que se haya debatido” en el Ejecutivo.

¿Por qué rectifica el Gobierno? El “error” cometido por el Gobierno en el texto enviado a Bruselas, según fuentes de Hacienda, se explica por la incorporación en el documento de parte de la propuesta que en julio pasado hizo la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef) de “acelerar la paulatina desaparición” de este beneficio fiscal “sin que el Gobierno se haya pronunciado sobre el tema”, aseguran. La Airef recomendó suprimir esta deducción por considerar que desincentiva la incorporación de la mujer al mercado laboral y al mismo tiempo aconsejó “compensar el efecto negativo” de la medida “con nuevos incentivos a la participación de las mujeres que disminuyan la brecha de género”.

Esa segunda parte, la de “compensar”, no fue incorporada, sin embargo, por el Gobierno en su Plan de Recuperación. Tras el revuelo político desatado, en la recta final de la campaña electoral en Madrid, fuentes de Hacienda apuntan ahora que cualquier decisión en relación a esta deducción que beneficia a 4,2 millones de personas y que cuesta 2.400 millones de euros al año se adoptará en el marco de la reforma tributaria global que pretende acometer el Gobierno tras recibir en febrero de 2022 el informe encargado a un grupo de expertos. “El Gobierno aún no se ha pronunciado sobre este punto”, añade.

¿Qué es la deducción por tributación conjunta? Con carácter general, está previsto que los contribuyentes declaren de forma individual sus ingresos en el impuesto sobre la renta. Sin embargo, los matrimonios o parejas de hecho pueden optar por sumar sus rentas y presentar una declaración conjunta del IRPF. En este caso, tienen derecho a aplicar una deducción de 3.400 euros en la base imponible. Esta deducción se traduce en una ventaja final aproximada de entre 646 euros o 1.700 euros, dependiendo de si los ingresos de la familia se sitúan en el tramo más bajo (con un tipo del 19%) o en el más alto de la tarifa (con un tipo del 50%, en Cataluña). Por eso, la mayor parte del coste total de la medida (2.400 millones) se concentra en el tramo de contribuyentes con rentas más altas, si bien hay un elevado número de beneficiarios en los hogares con rentas más bajas, donde es más difícil la incorporación de la mujer al mercado laboral.

¿Cuántas personas se benefician de esta deducción? Existen 2,1 millones de hogares que optan por la declaración conjunta que, lógicamente, beneficia a 4,2 millones de personas. Hacer la declaración conjunta resulta fiscalmente atractiva cuando uno de los miembros de la pareja no recibe rentas o si percibe unos ingresos muy bajos. La declaración conjunta suele dejar de ser ventajosa cuando las rentas del segundo perceptor representan más del 30% de las del otro miembro de la pareja. Así, es muy probable que la declaración conjunta no resulte atractiva si un miembro de la pareja gana 15.000 euros al año y el otro ingresa 45.000, por ejemplo. Pero si uno ingresa 60.000 euros y el otro, cero euros, la ventaja fiscal de la conjunta es indiscutible.

¿Qué opciones hay sobre la mesa? Habrá que esperar a tener el dictamen del grupo de expertos creado por el Gobierno para la reforma fiscal. La historia reciente del IRPF en España y el contexto internacional señala a alguna de estas cuatro opciones. A: Mantener el esquema actual. B: Eliminar la deducción y crear ayudas por el lado del gasto para las familias y para la incorporación de la mujer al mercado laboral. C: Eliminar la deducción, sin más. D: Ir a un sistema de doble tarifa (individual y conjunta), sin deducciones

El entorno

Del caso individual al de la pareja

En la mayoría de países, la obligación es la declaración de la renta individual, es decir, por separado; pero hay diferentes casuísticas.

En Francia, tras contraer matrimonio, la base imponible es conjunta. Para calcular el impuesto, la Administración divide esta renta unificada por el número de miembros que componen la unidad familiar (cociente matrimonial o cociente familiar, si hay hijos) y para obtener la cuota se multiplica por un número según sea la cantidad de miembros integrantes Informa Irene Casado. H En el Reino Unido, la única ventaja fiscal posible como pareja es el llamado marriage allowance. El cónyuge que más gana puede transferir una desgravación fiscal de hasta 1.450 euros al otro que menos gana, con limitaciones. Informa Begoña Arce.

En Alemania, en la declaración conjunta, que es voluntaria, los ingresos se dividen por la mitad. Al cociente de esa división se le aplica la tarifa y finalmente se multiplica por dos para obtener la cuota a pagar, independientemente de lo que haya ganado cada uno de los cónyuges. Recientes estudios de varios centros económicos apuntan que el modelo desincentiva por lo general el trabajo del cónyuge con unos ingresos más bajos. Informa Andreu Jerez.