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Anulada una multa multimillonaria a la cementera viguesa Prebetong

Imagen de las instalaciones de Prebetong Hormigones. | // VÍCTOR ECHAVE

La Audiencia Nacional falla a favor de Prebetong Hormigones y anula la sanción que le impuso la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en 2016. En una sentencia, la sección sexta de la Sala de lo Contencioso-administrativo ha revocado la resolución del organismo regulador y exime a la compañía viguesa de pagar una multa de 685.179 euros ante la falta de pruebas sobre su implicación en el acuerdo de precios y el reparto del mercado realizado por varias empresas del sector.

En 2016, Competencia impuso una sanción a Prebetong Hormigones y otras compañías fabricantes de cemento y hormigón al considerar que pactaron precios y se repartieron el mercado entre 2005 y 2014. El organismo regulador concluyó que las productoras de hormigón emprendieron actuaciones anticompetencia por áreas geográficas (norte, centro y sur) que, según el Competencia, contribuyeron a encarecer la obra pública y las viviendas.

La CNMC se refiere a un acuerdo que contemplaba un consenso de clientes y unos precios de referencia que ayudaran a mantener “la rentabilidad deseada y la estabilidad de cuotas prefijadas”. Según el organismo regulador, las actuaciones implican a 14 empresas hormigoneras que constituyeron un club para intercambiar información comercial.

Ahora, tras el recurso interpuesto por Prebetong Hormigones, la sala de lo Contencioso-administrativo ha anulado la resolución y argumenta que no se ha acreditado que la compañía viguesa conociera el objetivo ilícito anticompetitivo y que contribuyera a su realización. “La resolución recurrida no describe la existencia de un plan preconcebido conducente a una infracción única y continuada”.

En su fallo el tribunal considera que hay una falta de acreditación de la participación de Prebetong en las conductas imputadas. “La prueba de su participación se limita a su mención en una serie de correos internos en los que Prebetong no figura como remitente ni como destinatario”, recoge la sentencia.

La Audiencia Nacional apunta que los contactos e intercambios de información entre las empresas hormigoneras participantes de los acuerdos no se menciona ninguno de los tres nombres que aglutina la sociedad tras varias operaciones de absorción empresarial: “no se detalla la información que habría aportado o recibido Prebetong, en qué acuerdos habría participado, cómo los habría ejecutado o qué beneficio habría obtenido”, señala el fallo.

Claves destacadas

¿Qué dice la Comisión Nacional de Competencia?

Denuncia que varias empresas de cemento y hormigón pactaron precios y se repartieron el mercado entre 2005 y 2014. Una infracción del artículo 1 de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia que impulsó el precio de la obra pública y la vivienda.

¿Qué hizo la compañía Prebetong Hormigones?

Interpuso un recurso contra la resolución del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia, a través de la cual se le impuso una sanción de multa de 685.179 euros.

¿Qué dice la sentencia de la Audiencia Nacional?

Anuló la resolución de la CNMC al considerar que no se ha acreditado que Prebeton conociera el objetivo ilícito anticompetitivo y que contribuyera a su realización.


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