El Tribunal Constitucional anula la regulación de los pagos fraccionados del impuesto sobre Sociedades aprobada en un real decreto en 2016, al considerar que la reforma de este tributo, uno de los principales del sistema tributario español, afectó al deber de contribuir. Por unanimidad, el Pleno del Tribunal ha estimado la cuestión de inconstitucionalidad planteada por la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional sobre la regulación de los pagos fraccionados del impuesto, que puso en marcha el entonces ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro.

La reforma introdujo una serie de modificaciones en el cálculo del pago fraccionado de las empresas con facturación superior a 10 millones de euros, para las que se incrementaba el importe del pago, fijándose para el mismo una cuantía mínima del 23% del resultado contable, sin otros ajustes. La Audiencia Nacional planteaba la vulneración del artículo 86.1 ya que el decreto-ley no podía afectar a los derechos, deberes y libertades de los ciudadanos regulados en el Título I, entre los que se encuentra el "deber de contribuir al sostenimiento de los gastos públicos".