El Consejo de Ministros de hoy aprobará previsiblemente el nuevo impuesto digital y el que gravará las transacciones financieras, conocidos como 'tasa Google' y 'tasa Tobin', cuyos proyectos de ley decayeron en la pasada legislatura ante el adelanto electoral, según confirmaron a fuentes de "Europa Press" fuentes gubernamentales.

El acuerdo de Gobierno entre PSOE y Unidas Podemos incluía la aprobación de ambos impuestos, con los que el Ejecutivo espera recaudar unos 2.050 millones de euros (1.200 millones con el impuesto digital y 850 millones con el de transacciones financieras).

El nuevo Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales, conocido como tasa Google, gravará previsiblemente aquellas empresas con ingresos anuales totales de, al menos, 750 millones de euros y con ingresos en España superiores a los tres millones de euros, tal y como adelantó ayer el diario "El País".

En línea con la propuesta de la Comisión Europea, gravará el 3% de los servicios de publicidad en línea, servicios de intermediación en línea y venta de datos generados a partir de información proporcionada por el usuario.

El Gobierno que preside Sánchez prevé adoptar un sistema "similar" al aplicado en Francia para el pago de la tasa digital, que en el país vecino se congeló hasta diciembre para evitar represalias de Estados Unidos.

Igualmente, el Consejo de Ministros aprobará hoy a través de un real decreto-ley la derogación del artículo 52.d del Estatuto de los Trabajadores que permite a los empresarios el despido objetivo de un trabajador por acumular bajas médicas justificadas. La derogación de este artículo fue anunciada por la ministra de Trabajo y Economía Social, la gallega Yolanda Díaz, al poco de llegar al cargo.

Este artículo, que fue modificado con la reforma laboral de 2012, establece que un contrato de trabajo puede extinguirse por faltas de asistencia al trabajo, aún justificadas pero intermitentes, que alcancen el 20% de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos, siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el 5% de las jornadas hábiles o el 25% en cuatro meses discontinuos en un periodo de 12 meses.

La supresión del 52.d se produce después de que el Tribunal Constitucional, en una sentencia conocida en octubre, avalara la extinción del contrato laboral por causas objetivas si hay faltas de asistencia justificadas aunque intermitentes. La derogación de este artículo no ha formado parte del diálogo social, aunque la ministra sí informó a sindicatos y empresarios de su aprobación. Mientras que los sindicatos CC OO y UGT han celebrado la aprobación, parte de la patronal no lo ve con buenos ojos. El secretario general de UGT, Pepe Álvarez, considera que se debería haber hecho hace ya varios consejos de ministros, porque esta situación "estaba llevando a muchas personas al desempleo".

El presidente de la CEOE, Antonio Garamendi, no se ha opuesto frontalmente a la derogación, aunque ha planteado que los primeros siete días de baja, sobre todo en el caso de las pymes, "los pague la Administración".

En opinión de Garamendi habría que profundizar mucho más en el tema "porque el absentismo profesional es una realidad en España".