El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Madrid ha considerado que un repartidor o "rider" de Glovo que denunció a la compañía tras su despido era en realidad un empleado contratado, y no un trabajador autónomo como defiende la compañía. Se trata de una sentencia dictada por el pleno de la Sala de lo Social del tribunal, que se ha pronunciado así ante la "controversia" existente sobre este asunto y "con el fin de lograr un criterio uniforme".