Este domingo entra en vigor la nueva ley hipotecaria, que fija las condiciones para la concesión de hipotecas. Son muchas las novedades que incorpora esta nueva norma reguladora, pero destaca especialmente que las nuevas hipotecas que se firmen incorporarán más información y más clara e incluirán mayores garantías para los hipotecados y menores costes, ya que algún impuesto y otros gastos ahora los deberán asumir los bancos.

La nueva ley hipotecaria busca equilibrar las posiciones entre hipotecados y bancos después de varias sentencias del Tribunal de Justicia de la UE contra la legislación española.

Estas son algunas de las principales novedades de la nueva normativa:

Una de las claves centrales de la reforma pasa por el aumento de la protección para los hipotecados: los bancos deberán dar a los clientes diez días para analizar la información precontractual de los préstamos inmobiliarios antes de firmarlos, y tendrán que ofrecer una ficha estandarizada para que el cliente pueda comparar las condiciones hipotecarias que le ofrece cada entidad.

Una segunda garantía es el papel más activo que asumen los notarios, que deberán recibir al hipotecado antes de la firma para explicarle las dudas que pudiera tener y estarán obligados a ratificar que el cliente conoce bien el producto.

Además, la entidad tendrá que analizar en profundidad la situación financiera del cliente, para lo que consultará su historial en esta materia en el Banco de España.

Y todo ello con menores costes iniciales para quienes firmen un préstamo garantizado por su vivienda, ya que el cliente pagará únicamente los gastos de tasación y las segundas copias del notario, en tanto que la entidad financiera deberá cargar con los costes de gestoría, impuesto de Actos Jurídicos Documentados, notaría y registro.

La ley también delimita los términos en que los bancos podrán cobrar la comisión de apertura, que podrán cargar una sola vez y deberá incluir todos los gastos de estudio, tramitación y concesión del préstamo.

Otra de las novedades en la ley es la desaparición de las polémicas cláusulas suelode manera que no se podrá establecer un límite a la bajada del tipo de interés, aunque en ningún caso podrá ser negativo.

Además, la nueva norma también establece que la banca podrá vender seguros ligados a la hipoteca, aunque deberá aceptar pólizas alternativas sin empeorar por ello las condiciones del préstamo y el cliente podrá renovarlas cada año.

El cliente podrá subrogar sin costes y libremente su hipoteca y entre las entidades se establecerá un mecanismo de compensación basado en los intereses cobrados y los pendientes de cobro vinculados al coste por los gastos de constitución de la hipoteca.

La ley también es más exigente con el inicio del procedimiento de desahucio, que solo podrá comenzar si hay doce cuotas impagadas o el 3 % del capital prestado en la primera mitad de la vida del préstamo, o 15 cuotas o el 7 % en la segunda mitad del crédito. La comisión por interés de demora ha quedado en el interés remuneratorio más el 2 %.

Las comisiones de amortización anticipada bajan a la mitad para las hipotecas de tipo fijo (2 % durante los 10 primeros años y 1,5 % a partir de este período) mientras el cliente deberá elegir el tipo de amortización a tres o cinco años cuando su hipoteca sea a tipo variable, cuyas comisiones serán del 0,25 % o del 0,15 %, respectivamente.

Finalmente, se creará una Autoridad Independiente que vele por la protección y transparencia en la contratación inmobiliaria y se reforzará la supervisión bancaria que garantice la solvencia del hipotecado.