Las pequeñas gasolineras tendrán seis meses más de plazo, hasta 27, para instalar puntos de recarga eléctrica para vehículos que, sin embargo, ya no serán de una potencia de al menos 22 kw sino de 50 kw, al tiempo que estos puntos serán obligatorios desde el primer día en las nuevas estaciones de servicio y en los nuevos edificios entre otras instalaciones. Así consta en un nuevo borrador de junio del anteproyecto de la Ley de Cambio Climático y Transición Energética al que tuvo Europa Press y que mantiene el grueso del borrador inicial aprobado, pero incorpora diversas modificaciones.

Entre otras novedades, elimina el porcentaje mínimo de que "al menos el 20%" de los Presupuestos Generales del Estado deberán impactar en la lucha contra el cambio climático y lo sustituye por un porcentaje "a determinar" y que, igual que en el texto anterior, deberá ser revisado al alza en 2025. Para calcular ese porcentaje expone que este deberá ser equivalente al acordado en el marco financiero plurianual de la Unión Europea.

Respecto a la movilidad, una de las cuestiones que más controversia suscitó el proyecto normativo en su presentación, el anteproyecto mantiene el objetivo de un parque móvil sin emisiones de CO2 en 2050 y para ello mantiene la prohibición de vender vehículos diesel y gasolina a partir de 2040. Además de "invitar" a crear zonas de bajas de emisiones a los municipios de más de 50.000 habitantes, también se invitará a hacer lo propio a los territorios insulares. Precisamente, a estos territorios, Canarias y Baleares, se les añade la posibilidad de establecer "medidas adicionales" de protección ambiental y de promoción de una movilidad sin emisiones para alcanzar los objetivos.

Entre las principales modificaciones que recoge el nuevo texto figura la creación por parte del Gobierno de una plataforma de información sobre puntos de recarga para garantizar la existencia de estas en las zonas de mayor demanda. El texto precisa el anterior borrador sobre la obligaciones de las gasolineras para instalar las infraestructuras de recarga que anteriormente debían tener una potencia igual o superior a 22 kw frente a los 50 kw de la nueva propuesta, más del doble.

Modifica también el volumen agregado de ventas de gasolina y de gasóleo que deberán tener los titulares de estaciones de servicio en la obligación de instalar las "electrolineras", ya que antes el mínimo debía ser 5 millones de litros y ahora este límite se duplica, hasta los 10 millones de litros para que las estaciones instalen estos puntos en un plazo no superior a 21 meses tras la aprobación de la ley. En el caso de las más pequeñas, las que tienen un volumen de ventas de entre 5 y 10 millones de litros, también quedarán obligadas, aunque dispondrán de seis meses más, hasta 27 treintenas para poner en marcha estas infraestructuras.

Para lograr la movilidad libre de CO2 como muy tarde en 2050, ya no solo estarán obligadas las estaciones de recarga, sino que el Código Técnico de Edificación deberá fijar obligaciones relativas a las instalaciones en edificios nuevos y en intervenciones de edificios existentes.