La polémica por el “puerta a puerta” en la comercialización de los servicios energéticos “puerta a puerta”servicios energéticos llega a los tribunales. La Audiencia Provincial de Lugo acaba de condenar a un año de prisión a dos comerciales de una agencia de venta de directa que trabajaba para E.ON por cambiar “sin su conocimiento ni consentimiento” el contrato de suministro a catorce clientes para poder cobrar más comisiones. La sentencia sostiene que ambos son responsables de un delito de falsedad en documento privado y otro de tentativa de estafa, con el atenuante de dilación porque los hechos se remontan a 2010.

A los magistrados no les queda ninguna duda de que son autores porque “los testimonios de las distintas personas que vieron usurpadas su firma” son contundentes respecto a la manipulación de sus datos para pasar de un contrato de suministro de tarifa regulada a mercado libre. Los acusados reconocieron la veracidad de los hechos que les imputaron, pero se aferraron a que “era una praxis que venía determinada por la empresa para la que trabajaban” y que recibieron instrucciones de su jefe para actuar “cuando estos clientes no estaban”, poniendo “firmas ilegibles”. Algo que los aludidos negaron, recordando que en la empresa trabajaban “varias decenas de comerciales” y que los únicos con “anomalías y falsedades” fueron ellos.

“Los acusados, con tales actuaciones, pretendieron enriquecerse cobrando las respectivas comisiones y abonos de los clientes”, señala el fallo conocido hoy, que matiza que no llegaron a conseguirlo porque a la propia empresa “le llamó la atención el importante número de contratos que formalizaban los dos acusados frente a lo que hacían otros comerciales”. De todos los casos, solo se personó en el proceso una mueblería de la localidad de Xove. Los otros trece clientes únicamente “señalaron molestias o contrariedades, pero no perjuicio patrimonial alguno”.