Para los contratos de alquiler acordados entre el 19 de diciembre y este martes 22 de enero, la normativa a aplicar era el Real Decreto-ley 21/2018; para los que se firmen hoy miércoles, deberá aplicarse la Ley 4/2013; y para los que se negocien dentro de dos o tres meses existirá un tercer paraguas legal que todavía no se ha definido. Este es el "galimatías" que se consumó ayer en el Congreso de los Diputados después de que Unidos Podemos consumase su amenaza y precipitase la derogación de una medida con la que el Gobierno pretendía estabilizar el mercado del alquiler, que crece en Galicia un 50% más que el de compraventa. "Lo peor que puede pasar es la enorme inseguridad jurídica, que es lo que ha provocado esto", lamenta el presidente de la Federación Gallega de Empresas Inmobiliarias (Fegein), Benito Iglesias. "La votación genera una situación excepcional en la que existe una legalidad para todos los contratos de alquiler menos para los que se firmaron durante los 35 días en los que esta normativa ha estado en vigor", analiza por su parte el director de estudios del portal pisos.com, Ferran Font.

Esta excepcionalidad legal afecta a más de un millar de operaciones firmadas en Galicia. Aunque un contrato se haya firmado al amparo del decreto impulsado por José Luis Ábalos, éste "tendrá plena validez, puesto que hay que respetar la voluntad de las partes". Sin embargo, como matiza Iglesias, "los plazos de prórroga forzosa para el arrendador y a voluntad del inquilino quedarán en tres años". De igual modo, la llamada tácita reconducción -la renovación automática del contrato- se limitará a doce meses, no a tres años como se fijaba en la anterior normativa. Para el presidente de Fegein la "inseguridad jurídica" es lo que mantiene fuera del mercado en torno a 300.000 viviendas vacías en Galicia, cuyos titulares "desconfían" de los bandazos legislativos. "Si consiguiésemos movilizar un 10% [de esa bolsa] tendríamos solucionado el problema de falta de stock para varios años", apostilla Iglesias, que ha vuelto a reclamar una reforma que incluya "incentivos fiscales" para los propietarios. A su juicio las ciudades de Vigo y Santiago son las que más padecerán de la falta de oferta de viviendas en alquiler.

Las garantías

Entre los cambios que se producirán a partir de ahora está la desaparición de los límites en las garantías, que este real decreto estipulaba en dos mensualidades de renta como garantía adicional de la fianza. El propietario no tendrá ahora ningún límite a la hora de requerir esas garantías al arrendatario, pero no podrá exigirlas sobre las operaciones firmadas durante el último mes. "El resultado negativo en la votación de convalidación produce la inmediata cesación de los efectos del decreto ley y su desaparición del ordenamiento, pero no la anulación de los efectos producidos durante su vigencia", expone el Congreso en una sinopsis sobre el artículo 86 de la Constitución. La norma fue derogada ayer por 103 votos a favor (solo la apoyó el PSOE, PDeCAT, PNV, Compromís, Coalición Canaria y Nueva Canarias), 243 en contra y una abstención, y se convirtió en el cuarto real decreto que decae en 40 años (el último fue el de la reforma del sector de la estiba, el 16 de marzo de 2017).