El juzgado de Primera Instancia número 1 de Vigo ha anulado una compra de acciones correspondiente a la ampliación de capital que el Banco Popular realizó en 2016, un año antes de su intervención y venta al Santander. Con fecha de 26 de febrero, la titular del juzgado declara la nulidad relativa, por error, del contrato de compra de acciones suscrito entre las partes y condena a la demandada a restituir al actor el capital invertido, que superaba los 5.000 euros, más los intereses legales.

"La demandada incumplió la obligación de dar una información fiel de su situación financiera a los contratantes de acciones, que es una de las condiciones esenciales que determinan las perspectivas del demandante sobre la evolución económica del precio y rentabilidad del producto y que, por tanto, determinan la contratación", subraya la sentencia del juzgado vigués. La resolución impone además al Popular las cosas procesales y establece que el demandante debe restituir los rendimientos percibidos por aquellos productos (de haberse producido) más sus intereses legales desde la fecha de su percepción.

El despacho de abogados de Xoán Antón Pérez-Lema, que presentó la demanda, destaca precisamente que este fallo condena a pagar las costas de abogado, procurador y perito "a las que el pequeño inversor tuvo que hacer frente en el procedimiento civil". Para el letrado este pronunciamiento, el segundo ya en Galicia (los dos en Vigo), anticipan una avalancha de estimaciones por parte de los jueces a futuras demandas.