El Tribunal Supremo desestimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Asociación Nacional de Productores e Inversores de energías Renovables (Anpier) contra el Real Decreto 900/2015, de 9 de octubre, conocido como "impuesto al sol" y que regula las condiciones administrativas, técnicas y económicas de las modalidades de suministro de energía eléctrica con autoconsumo y de producción con autoconsumo. La sentencia, según Europa Press, no solo da la espalda a los argumentos de los recurrentes, sino que entra a enjuiciar el término y considera que "no hay por tanto y frente a la expresión que ha hecho fortuna "impuesto al sol" propiamente tal, sino contribución a los costes del sistema" cuando un autoconsumidor, además de abastecerse con la energía generada por él mismo, "dispone del respaldo del sistema eléctrico" para tirar del sistema en cualquier momento que lo necesite". El fallo pone de relieve que el autoconsumidor que depende exclusivamente de su propia energía y sin conexión al sistema no paga nada.

Precisamente ayer, el ministro de Energía, Turismo y Agenda Digital. avanzó la intención del Gobierno de defender la permanencia la permanencia de las centrales de carbón "mientras no perjudique los objetivos medioambientales" . Su desaparición, según Álvaro Nadal, podría encarecer hasta un 15% el precio de la electricidad en los momentos de mayor repunte de los precios.

El ministro afirmó que España es, dentro de los países grandes de la UE, el que más energía renovable ha instalado en su sistema "con diferencia", que este año alcanzará el 18,9% -el objetivo es el 20% en 2020-, por lo que cree que es el país que "más rápidamente" está dando cumplimiento a sus compromisos.