Una juez de Vigo ha dictado sentencia contra una entidad bancaria obligándola a devolver los 20.000 euros que un cliente invirtió en la compra de unos bonos convertibles al no informarle de los posibles riesgos. El demandante, un empresario de hostelería, adquirió un paquete de bonos subordinados necesariamente canjeables a fecha de octubre de 2009. Llegado el vencimiento, se produjo el canje en acciones con una cotización mucho más baja de la inicial.