El Concello de Pontevedra ha dado el primer paso legal contra la prórroga de sesenta años a Ence, otorgada por el Gobierno en funciones. Una xunta local de goberno extraordinaria celebrada ayer, acordó cursar un requerimiento previo de anulación ante el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Es el primer paso antes de presentar un recurso formal. El ministerio tiene ahora un mes para contestar a dicho requerimiento, que no se presentó antes porque se estuvo recopilando la documentación en la que se basa este procedimiento.

Un no por respuesta, o el silencio, abrirá un nuevo período de dos meses para la presentación de un recurso contencioso administrativo ante la Audiencia Nacional. El Concello de Pontevedra expone hasta catorce argumentos legales contra la concesión de una prórroga que entiende que satisface únicamente los intereses de una empresa privada sobre los intereses generales de la población. Argumenta que la resolución ministerial reúne defectos de procedimiento "determinantes de nulidad o anulabilidad" por indefensión, como sería el hecho de que la denegación de la copia del expediente con petición de ampliación del plazo de alegaciones, solicitada por el Concello al amparo del procedimiento de prórroga, tiene la misma fecha que la concesión de la ampliación.

Por otra parte, alega que la concesión de la prórroga la hizo un Gobierno en funciones "que excede los trámites ordinarios", lo que vulneraría la ley que regula las actuaciones de un Gobierno que tiene que limitarse a garantizar el traspaso de poder y limitar su gestión al despacho común de asuntos públicos, "absteniéndose de adoptar, salvo casos de urgencia acreditados lo por razones de interés general, otras medidas". Estamos, mantiene el gobierno local, "ante una medida extraordinaria y selectiva y por lo tanto contraria a la ley".

Además la prórroga atentaría contra la doctrina del Tribunal Constitucional que recoge, respeto a la actual Ley de Costas, que "la prórroga admitida en la nueva regulación tan solo puede afectar a actividades e instalaciones que, por su naturaleza, no puedan tener otra ubicación", una excepcionalidad que no se da en este caso, según sostiene el gobierno local.