La sección tercera de la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo ha anulado la forma con que el Ministerio de Industria calculó la retribución de los pequeños distribuidores de electricidad en el segundo semestre de 2013, al utilizar información sectorial y no individual en uno de los coeficientes de la fórmula. En una sentencia del 27 de enero, el Supremo estima parcialmente las pretensiones de la Asociación de Distribuidores de Energía Eléctrica), que aglutina a los distribuidores con menos de 100.000 clientes.