Solicitan cinco años de cárcel para un panadero de Deza por presunta agresión sexual a una empleada

La Fiscalía dice que le «efectuó numerosos tocamientos sin consentimiento» entre abril y julio de 2024

Lo tipifica como «delito continuado con prevalimiento de relación de superioridad»

Fachada de la Audiencia Provincial de Pontevedra.

Fachada de la Audiencia Provincial de Pontevedra. / Gustavo Santos

Xan Salgueiro

Xan Salgueiro

Lalín

La Audiencia de Pontevedra juzgará la próxima semana a un panadero acusado de un delito continuado de agresión sexual a una empleada. La Fiscalía pide para él cinco años de prisión y otros tantos de libertad vigilada, así como 10 años de inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividades, sean o no retribuidas, que conlleve contacto regular y directo con personas menores de edad. También propone que se le imponga la prohibición de aproximarse a menos de 100 metros de la presunta víctima, de su domicilio –aunque ella no se encuentre en su interior–, lugar de trabajo u otro frecuentado por ella, así como la de comunicarse por cualquier medio con esta persona durante seis años. Asimismo, solicita que la indemnice con 10.000 euros por daños morales.

El acusado, de nacionalidad española y nacido en 1961, dirige una panadería, para la que, hace ahora un año contrató a la mujer. El 24 de abril de 2024 ella comenzó a trabajar en el horno, situado en el partido judicial de Lalín, así como, ocasionalmente, en el establecimiento del mismo negocio.

El hombre «efectuó numerosos tocamientos» a la empleada «sin su consentimiento, y pese a que ella le dijo en varias ocasiones que no quería que se le acercase ni que la tocase»

«Guiado por el propósito de satisfacer sus inclinaciones libidinosas», dice la Fiscalía, el hombre «efectuó numerosos tocamientos» a la empleada «sin su consentimiento, y pese a que ella le dijo en varias ocasiones que no quería que se le acercase ni que la tocase». Varias veces le llevó flores o bombones, según el ministerio público, con la pretensión de que ella aceptase la situación, pero «los rechazaba diciendo que no quería que la comprase».

Facilidad de lugar y tiempo

También le habría propuesto ir juntos a O Carballiño, «diciéndole que la invitaría a todo, con el propósito de que ella aceptase mantener una relación con él, por mucho que ella le contestaba que tenía pareja, que él era su jefe y no quería tener más contacto con él que el profesional», recoge el escrito fiscal. Añade que el panadero «se aprovechó de la facilidad de lugar y tiempo que le proporcionaba el vínculo laboral, además del hecho en sí de la subordinación como empleada», que la incitaba a evitar enfrentamientos para «evitar perjuicios laborales y para poder cobrar las nóminas que le adeudaba».

El fiscal refiere distintos actos. Así, un día de principios de mayo de 2024, el patrón habría convencido a la trabajadora para que lo llevase en coche de Lalín a O Carballiño, y en el trayecto «posó repetidamente su mano sobre la derecha de ella y se la acarició, diciendo ‘ay ...iña, ...iña’, cada vez que ella utilizaba la palanca de cambio de marchas», una acción reiterada a pesar de que la mujer trataba de apartarle la mano. Pocos días después, en el horno, «se le aproximó y le tocó el pelo, la agarró de la cara y se la acarició, además de hacerle caricias en la espalda», conducta que se habría repetido varias veces en las siguientes jornadas.

Un día de finales de mayo, sobre las seis de la tarde, en la tienda –relata el fiscal–, «se le acercó por la espalda, la sujetó por la cintura y le efectuó tocamientos en las nalgas»

Un día de finales de mayo, sobre las seis de la tarde, en la tienda –relata el fiscal–, «se le acercó por la espalda, la sujetó por la cintura y le efectuó tocamientos en las nalgas» a la empleada, que se lo recriminó. Media hora más tarde, volvió a agarrarla por detrás y subió las manos para intentar «tocarle los pechos», si bien ella logró sujetarlo y evitarlo. Entonces le dio una palmada en las nalgas, con el reproche de la mujer, que le exigió que la dejase sola o lo denunciaría a la Guardia Civil. En los días posteriores, también en el despacho de pan, «aprovechaba cuando ella estaba apoyada en el mostrador para cogerle la mano y acariciársela». Esos episodios se reiteraron hasta el 9 de julio.

Crisis de ansiedad

El ministerio público apunta que, a consecuencia de los hechos, la presunta víctima padeció varias crisis de ansiedad. En esos momentos, su jefe «trataba de abrazarla, pese a que ella le decía que las sufría, precisamente, por su conducta y que lo que quería era que no la tocase y que se fuera».

El 9 de julio de 2024, la trabajadora reclamó los salarios que le debía y le recriminó de nuevo los hechos descritos. Inmediatamente, el panadero procedió a despedirla. La mujer denunció los hechos el 17 de julio. El fiscal considera que son constitutivos de «un delito continuado de agresión sexual con prevalimiento de relación de superioridad». También solicita que se le impongan las costas del proceso judicial.

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