El abogado estradense Jose Basanta, involucrado en la asistencia legal a los damnificados por las tarjetas revolving, comunicaba ayer que la Audiencia Provincial de Pontevedra dictaba sentencia esta pasada semana en relación con un crédito revolving por la cual no se declara el crédito usurario si no que se declara nula la cláusula del interés remuneratorio por falta de transparencia en la contratación. Resulta una Sentencia pionera en Galicia por cuanto permite reclamar judicialmente a todos los clientes de tarjetas de crédito revolving cuyo interés no sea especialmente elevado, existiendo hasta la fecha muy pocos antecedentes incluso en otras Audiencias Provinciales de España.