Cientos de vecinos salieron a primera hora de ayer, algunos cuando apenas había amanecido, para practicar deporte al aire libre. Fue el caso del Paseo do Pontiñas, que registró gran actividad deportiva entre las 6:00 y las 10:00 horas. Después siguió con los paseos de padres con niños o personas con dependencia.

Pero la apertura de la veda para salir a hacer deporte o pasear ha comenzado con gran confusión, sobre todo en concellos como Silleda o Vila de Cruces, que rebasan los 5.000 habitantes en el global del municipio, pero no en ninguno de sus núcleos poblacionales. Más incertidumbre añadió el Concello de Silleda al afirmar que el artículo 5.2 de la orden estatal, que habla de "entidades menores", eximía a los vecinos de Trasdeza de tener que cumplir las franjas horarias, puesto que ninguno de sus núcleos urbanos supera los 5.000 residentes. Sin embargo, desde la Subdelegación del Gobierno afirman que no es así.

"La orden publicada en el BOE es muy clara: Las únicas excepciones al cumplimiento de las franjas horarias son los municipios de menos de 5.000 habitantes y las entidades menores", sentencian desde el departamento de comunicación de la Subdelegación. Con "entidades menores" no se refiere a cualquier núcleo de población, urbano o rural, inferior al concello, sino a aquellas legalmente constituidas como tales. Efectivamente, son de ámbito territorial inferior al del ayuntamiento, pero poseen personalidad jurídica propia y facultades para gestionar sus bienes y servicios, de modo que se les asignan competencias para administrar y conservar su patrimonio, así como para ejecutar obras y servicios de su interés.Entidades menores

Esta cualidad se reconoció por primera vez en el del Estatuto municipal de 1924, que define la entidad local como un núcleo separado de edificaciones, formado por un conjunto de personas y bienes, con derechos e intereses peculiares y colectivos, diferenciados de los generales del municipio, tal como explica la Diputación de Pontevedra en su página web. Actualmente hay en Pontevedra ocho entidades locales menores: Arcos da Condesa (Caldas de Reis), Bembrive (Vigo), Camposancos (A Guarda), Chenlo (O Porriño), Morgadáns (Gondomar), Pazos de Reis (Tui), Queimadelos y Vilasobroso (ambas en Mondariz).

La organización de las entidades locales menores se establece en la propia legislación. El alcalde pedáneo convoca y preside las reuniones, ejecuta los acuerdos de la junta vecinal, aplica el presupuesto, ordena los pagos y rinde cuentas de su gestión, además de velar por la conservación de los caminos rurales, fuentes y montes. Existe, además, una junta vecinal compuesta por el alcalde pedáneo y un número par de vocales, dos o cuatro en función de la población existente. Este órgano tiene competencias para aprobar el presupuesto, la censura de cuentas y las ordenanzas; para administrar y conservar los bienes y derechos de la entidad; y para ejercer las acciones judiciales y administrativas oportunas. En general, sus funciones son aquellas que en un ayuntamiento están atribuidas al Pleno.