El nuevo convenio colectivo de la Madera para la provincia de Pontevedra -de aplicación para las empresas del sector de la carpintería, la ebanistería y otras actividades afines- sustituye los atrasos de los años 2012 y 2013 por un plus de 150 euros para todos los trabajadores que las empresas podrán abonar en un solo pago o bien fraccionados, hasta en un máximo de 6 mensualidades de 25 euros. En cualquier caso, las empresas tendrán 6 meses para abonar el montante global de 150 euros.

Así lo explicaron en la pasada jornada el gerente de la Asociación Comarcal de Empresarios (ACE), Félix Rodríguez; el responsable comarcal de la CIG, Antón Álvarez Merayo; el representante de CC OO en la mesa negociadora Francisco Estévez; y la secretaria general comarcal de la Federación del Metal, la Industria y la Construcción de UGT para las comarcas de Arousa, Pontevedra y Deza, Lourdes Diz.

Del texto del convenio colectivo -publicado ayer por la Consellería de Traballo e Benestar a través del Boletín Oficial de Pontevedra (BOP)- destacan que establece variaciones respecto al texto anterior (consensuado en 2008) a fin de adaptarse a la legislación vigente, que experimentó cambios de calado en los últimos años, especialmente con la reforma laboral llevada a cabo en febrero de 2012. Por eso, desde CIG y UGT se apunta que lo importante es las novedades son "mínimas", algunas de "nomenclatura". Así, por ejemplo, según el gerente de la ACE, se cambian las categorías por los grupos profesionales, en aras de adaptarse al "convenio general", según matizó la secretaria general comarcal de UGT.

Así, desaparecen las tradicionales categorías de peones y oficiales de primera y segunda pero se mantienen las diferencias salariales, como resultado de fusionar el antiguo salario base y los complementos que venían cobrando bajo la denominación genérica de "salario". Los peones serán operarios del grupo 7 y cobrarán 1.137,59 euros; los ayudantes, en el 6, percibirán 1.184,07 euros; y los oficiales de segunda y de primera, en el grupo 5, cobrarán respectivamente 1.231,97 y 1.279,21. Los encargados de sección o de producción estarán en el 4 y percibirán 1.381,06; y el jefe de taller o el encargado general, del grupo 3, percibirán 1.433,90 euros. Rodríguez destaca que por primera vez, además, se contemplan los técnicos titulados en grado medio en el grupo 2, que deberán percibir 1.450 euros; y los titulados superiores o licenciados en el grupo 1, a los que corresponderá cobrar 1.475 euros. El precio de la hora extra oscilará entre los 12,90 euros para el grupo 7 y los 15,25 de la del grupo 1.

Asimismo, el convenio fija en 140 las horas que la empresa puede cambiar en la jornada laboral.