Ingeniero de Caminos, Urbanista y licenciado en Derecho y Ciencias Económicas. Juan Rico Lenza es el autor de las Normas Subsidiarias de 1978 que rigieron el urbanismo de A Estrada hasta que un decreto de la Xunta en 2006 suspendió su vigencia y sacó adelante una normativa provisional con aplicación hasta la entrada en vigor del nuevo Plan Xeral. Una sentencia del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) acaba de anular ese decreto. Será preciso ahora desvelar si se producirá el retorno a la normativa que hace años confeccionó este experto.

--Le pido una valoración de los últimos acontecimientos en la actualidad urbanística de A Estrada.

-Yo siempre ha tenido esperanzas de que, dada la calidad del decreto, que para mí era arbitrario, se lo cargara el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. Hemos tenido la suerte de que así ha ocurrido y me da la impresión de que es la primera vez que se da este caso en Galicia, que el Tribunal Superior anula un decreto de suspensión de normas subsidiarias de planeamiento urbanístico. Esto es muy positivo. Te podría enumerar las ilegalidades y las irregularidades que tenía el decreto de suspensión que fue sustituido por un planeamiento temporal que era verdaderamente traicionero en cuanto al desarrollo urbanístico posible de A Estrada. La garantía es que el tribunal se la ha cargado.

-Quería preguntarle, precisamente, si la decisión del tribunal le sorprende, en la medida en que concede la razón a un grupo de vecinos frente a la Xunta, casi un David contra Goliat...

-Creo que en este país la justicia no es que no sea muy libre, es que está algo mediatizada por la política. Y, claro, sorprende que una decisión del Consello da Xunta, del gobierno de la Xunta de Galicia, sea anulado por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia. Pero esto lo que da es un respiro a esa falta de independencia que nosotros necesitamos de la justicia en cuanto a la política. Pero esta sentencia sí lo viene a decir, que le es igual que el decreto haya salido de las manos del gobierno de Galicia, no del conselleiro, y que haya sido anulado. Realmente fue anulado objetivamente por la cantidad de barbaridades que incluía, bajo mi punto de vista técnico.

-¿Cómo vislumbra la situación que se abre para el urbanismo local? ¿Volverán las normas que usted mismo diseñó y que la Xunta suspendió con el decreto que ahora anula el TSXG?

-El decreto lo que hizo es suspender por revisión las normas subsidiarias del 78. Al venir esta sentencia que, ojo, no es firme, las normas vuelven a renacer, salen de sus cenizas y vuelven a renacer puesto que se ha matado a quien les dio muerte. Renacen, pasan otra vez al Derecho. Lo que ocurre es que la sentencia aún no es firme, porque puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo. Si no se recurre, la suspensión del decreto es firme, entonces las normas subsidiarias siguen vigentes. Si se recurre en este plazo, cabe la posibilidad de que la asociación Aedru presente una petición al TSXG solicitando la vigencia de las normas del 78 cautelarmente, en tanto no se pronuncie el Tribunal Supremo, puesto que yo calculo que no se va a pronunciar en menos de 3 años. Realmente quien está perdiendo aquí es el ciudadano, A Estrada. A Estrada se encuentra en un nivel de impotencia para poder saber qué es lo que tiene firme, qué es lo que sale adelante ahora. Y realmente lo que tiene son las normas del 78, si el tribunal, si recurren y solicitada la cautelar, se le concede.

-Entonces, cabe la posibilidad de que, aunque la Xunta recurra, si Aedru presenta esa solicitud, las normas del 78 entren en vigor incluso antes de pronunciarse el Tribunal Supremo...

-Sí. Y yo creo que es lo más lógico y lo que haría el TSXG por coherencia jurídica. Porque es que, sino, se tiene a la Estrada sin posibilidad de edificación sine die. El plan general que se suspendió, el anterior al que se está tramitando, hizo tabla rasa de las normas y eso no debería haberlo hecho. Durante muchos años la gente sabía dónde estaba afectado, qué derechos tenía… Y, claro, le viene un plan que le cambia totalmente ese esquema y causa un problema gordísimo en la sociedad, en el pueblo. Afecta a la propiedad y eso hay que tenerlo en cuenta. Entonces se armó un revuelo. Yo creo que ahí hubo un defecto de asesoramiento por parte del ayuntamiento. Porque también sigo pensando que el plan general no es el adecuado para A Estrada.

-¿El anterior o este que está en tramitación?

-Y este nuevo que se está haciendo. Debían hacer una norma subsidiaria nueva, porque tiene muchos defectos el plan general. Tiene un programa de actuación urbanística que debe de cumplirse, un programa económico-financiero que debe de cumplirse… y las normas subsidiarias no tienen esos instrumentos. Se desarrollan según necesidades. No hay un plazo para hacer. Sin embargo, con el plan general hay un plazo para hacer. Tu imagínate, como estamos ahora en crisis y que se le obligue a la gente a construir en dos años edificaciones que no van a vender. La ley tiene sus defectos. Porque la ley gallega de urbanismo no ha visto la cosa bajo el punto de vista de crisis, la ha visto bajo un punto de vista de un mercado explosivo de urbanización creciente. Entonces yo creo que una norma subsidiaria nueva, recogiendo lo que hay y mejorándolo, es suficiente instrumento urbanístico para A Estrada, pero para muchos años.

-Aún con la reserva de que sea la Xunta la que se pronuncie, desde el Concello se comentaba que las normas del 78 no se ajustarían a la legislación autonómica vigente…

-Yo ahí coincido en algunas cosas y en otras no. El planeamiento regula la clase de suelo en urbano consolidado, no consolidado, urbanizable y rústico. Lo que sí entraría en vigor y sería de aplicación directa sería la normativa en el urbano consolidado, que se regula en la disposición transitoria primera de la ley Ahí se aplican las normas tal cual. Incluso hay zonas en las que la profundidad de edificación es más amplia, hay zonas en las que se da una altura más (en las normas del 78)… En el resto, en el no consolidado, en el apto para urbanizar y en el rústico se aplicarían las normas transitorias. Es decir, que te remiten a su vez a articulados de la ley vigente en cuanto a suelo no consolidado, urbanizable y distintos tipos de suelo rústico y en los núcleos rurales. Lo digo mejor: si yo soy propietario de un solar en suelo urbano consolidado y pido licencia, tengo que llevarla de acuerdo con las alturas y la profundidad de la edificación que me permiten las normas del 78, no el plan que se está haciendo o el antiguo o la norma transitoria que quedó anulada. Y en el resto me voy a la ley y en aquello que la ley me diga aplico la ley y en aquello que la ley no me diga me voy a las normas subsidiarias.

-¿Tendría algún efecto la anulación de la normativa provisional y la posible recuperación de la norma del 78 sobre las licencias otorgadas en base a esas directrices transitorias?

-No. Esas quedan bien. Se otorgaron de acuerdo a una disposición que había y punto.

-¿Qué opinión le merecen las normas transitorias ?

-Muy malas. He tenido la suerte de estudiarme bien el decreto de suspensión y lo he destripado del 0 al 100. Le he visto cosas horribles, algunas las recoge la sentencia. Te voy a poner un caso que es sangrante. Las normas del 78 calificaban el suelo residencial en edificación cerrada -de manzana- y edificación abierta y resulta que estas normas lo que hacen es suspender las licencias en edificación abierta y no en edificación cerrada. ¿Cómo puedes cortarle el derecho a una persona porque tenga una clasificación abierta y otra cerrada? Eso es injusto. Es un tratamiento desigual a situaciones iguales. Entonces, una de las cosas que hizo esta normativa provisional es tratar a la gente de distinta manera.

-¿Qué ventajas diría que tienen las normas del 78?

-Con las normas del 78 se ha desarrollado A Estrada muy bien. No ha necesitado más porque en A Estrada ha disminuido la población. Ha perdido 5.000 habitantes desde el 78 a hoy. Si algo ha crecido la zona urbana es a cuenta de la zona rural, que se ha desplazado hacia la villa. La población perdida es de la zona rural. Y un municipio que está en decrecimiento no necesita expansión. Entonces sirven esas normas modificando lo que haya que modificar, modernizándolas, actualizándolas y viendo las cosas nuevas que hay alrededor, pero nada más. No hay que usar mucha artillería en A Estrada para hacer cosas nuevas que después tienen estas contestaciones. Yo creo que ahí ha faltado la prudencia en el camino urbanístico. Uno de los criterios por los cuales la Xunta puede suspender unas normas es porque hay un crecimiento de la población tal que convierte en obsoleto el planeamiento que existe. Y eso no se dio. Todo lo contrario.

-¿Tendrá algún efecto esta sentencia en la tramitación del PXOM?

-No, ninguno. El documento sigue por su camino. Lo que pasa es que el ayuntamiento ya tiene agotado el período de suspensión de licencias.

-¿Qué pasa en A Estrada para que el PXOM se atasque?

-Yo creo que falta de prudencia política en el sentido urbanístico. Y la ha tenido el anterior gobierno porque -yo no sé como está esto porque está cociéndose aún, está en exposición pública- pero el anterior se ha imaginado que A Estrada iba a tener, yo que sé, en 8 años cerca de 200.000 habitantes porque los espacios libres y los sistemas generales de espacios libres eran para una población monstruosa que no la tiene ni Santiago. Esto es hipotecar a las generaciones de hoy. Cada generación que haga su esfuerzo y, si en 8 años hay que modificarlo o revisarlo, se revisa.