Fútbol - Tercera RFEF

Apelación confirma la alineación indebida del Celta C ante el Alondras

El órgano federativo mantiene el 0-3 en el partido que fue decretado por el Juez Único

El rojiblanco Rosillo en una acción del Celta C-Alondras. |  // JOSÉ LORES

El rojiblanco Rosillo en una acción del Celta C-Alondras. | // JOSÉ LORES / César Collarte

El Comité de Apelación de la Real Federación Española de Fútbol ha desestimado el recurso presentado por el Celta C-Gran Peña por la alineación indebida de Damián Rodríguez en el duelo de la jornada 29 ante el Alondras, y, por tanto, ha confirmado el resultado de 0-3 favorable a los cangueses que en primera instancia había acordado el Juez Único de Competición del grupo gallego de la Tercera RFEF. El filial celeste tendrá un plazo de 15 días hábiles para recurrir, si así lo considera oportuno, ante el Tribunal Administrativo del Deporte.

El choque, disputado el pasado 16 de abril, había finalizado con victoria local por 3-2, gracias precisamente a un gol de Damián Rodríguez desde el punto de penalti en el último minuto. El Alondras presentó al día siguiente un recurso denunciando la alineación irregular de este futbolista, con ficha en el Celta C, al haber disputado más de diez partidos en el Celta B. Este hecho le impedía volver a jugar en lo que restaba de temporada en el C. El Juez Único de Competición le dio la razón a la entidad presidida por Luis Guimeráns, decretando un resultado de 0-3 y multando con 250 euros al club infractor. El resultado permitió al Alondras certificar de modo matemático su permanencia en la categoría y llegar a la última jornada con opciones incluso de pelear por colarse en la promoción de ascenso a Segunda RFEF, algo que finalmente no se produjo tras perder con el Paiosaco y no favorecerle los resultados de UD Ourense y Racing Villalbés.

El Celta C Gran Peña decidió entonces elevar su recurso ante Apelación, con similares argumentos a los que ya había expuesto. Por una parte, apuntaba que el Alondras no había probado la supuesta relación de filialidad entre Gran Peña y Celta, y por la otra, defendía que esta era relación de dependencia y no de filialidad.

La decisión de Apelación recoge que la denuncia alondrista probaba “con creces” la alineación indebida al haber presentado tanto el acta del encuentro entre Celta C Gran Peña y Alondras, como otras en las que aparecía Damián Rodríguez en más de diez ocasiones en partidos del Celta B. En cuanto a la relación entre Celta y Gran Peña, el fallo considera “cierto, probado e indubitado” que la relación “es de filialidad y no de dependencia”. En esta línea apunta a que el contrato de filialidad bilateral suscrito entre Gran Peña y Real Club Celta de Vigo el 30 de junio de 2021 recoge que ambas entidades han llegado a un acuerdo para que el Celta patrocine al Gran Peña, “que se constituye de esta forma en club filial del Real Club Celta de Vigo”.

El Alondras, sexto; el Celta C, décimo

La decisión de Apelación llega semanas después de que la finalización del campeonato y confirma la clasificación final del mismo, con el Alondras en la sexta plaza con 41 puntos en su casillero, y el conjunto filial céltico en la décima con 38. El marcador no afectó sensiblemente a su clasificación, al haber quedado ambos fuera de las posiciones de descenso y de los arrastres a Preferente.

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