El juzgado de lo Mercantil número 17 de Madrid ha atendido la solicitud de UEFA de anular las medidas cautelares dictadas hace justo un año en relación al 'caso Superliga'. Así lo ha determinado en un auto hecho público este lunes, que supone un revés para los clubes que todavía sostienen el proyecto: Real Madrid, Barcelona y Juventus. Así lo publica El Periódico de España.

La jueza había aceptado hace un año la petición de estos tres clubes de impedir que la UEFA tomara represalias contra ellos, pero atiende ahora la petición del organismo que preside Aleksander Ceferin para dejar sin efecto esas mismas medidas, a la espera de la juzgar el fondo de la cuestión.

El 18 de abril de 2021, 12 de los principales clubes europeos anunciaron la creación de la Superliga, un proyecto que pretendía romper con la Champions, creando una competición semicerrada gobernada por los propios clubes. Apenas unas horas después, el juzgado Mercantil número 17 de Madrid dictó un auto de medidas cautelares destinado a impedir que UEFA y FIFA tomaran represalias contra ellos.

Entre otras cuestiones, los clubes (que pasaron de 12 a solo tres, Real Madrid, Barcelona y Juventus, en apenas horas) solicitaron a la Justicia que impidiera tanto declaraciones con acciones de UEFA y FIFA que pudieran impedir o dificultar la puesta en marcha del proyecto de la Superliga.

En julio, la UEFA formuló su oposición a estas medidas cautelares y el 1 de abril se celebró al fin la vista, en la que LaLiga y la RFEF formularon alegaciones, apoyando a UEFA en solicitud de anulación de dichas cautelares.

Cambio de juez

Merece la pena destacar, en este sentido, el cambio de titularidad del juzgado que está instruyendo el caso. En el momento de la demanda, el magistrado al cargo era Manuel Ruiz de Lara, en régimen de sustitución, y desde noviembre lo es Sofía Gil, hasta entonces al frente del juzgado de lo Mercantil número 2 de Barcelona.

El auto dictado este jueves basa su decisión de anular las cautelares en la normativa interna de la justicia deportiva. Así, la jueza estima que "asiste la razón a la UEFA cuando defiende que corresponde a sus organismos disciplinarios y a los árbitros independientes del CAS [el Tribunal de Arbitraje del Deporte] decidir sobre las posibles sanciones respecto de los clubes".

"Frente a ellos -prosigue el auto- deberán oponerse los clubes afectados y en su caso, solicitar las pertinentes medidas de protección. Será, en su caso, en aquel procedimiento en el que se deba valorar cómo afecta la realidad y existencia de este procedimiento judicial y su objeto respecto de los hechos y la aplicación de la normativa de las demandadas".

La jueza también señala que la "posición de dominio" de UEFA y FIFA sobre la organización de competiciones futbolísticas ha sido aceptada siempre por los agentes del fútbol. "El sistema de autorización previa de competiciones alternativas por la UEFA y la FIFA, de forma cautelar, se estima razonable y justificado, al menos en este momento procesal, en aras a la preservar la igualdad de oportunidades de los clubes que intervienen en el mercado deportivo", estima el auto.