Desde luego que no me gusta nada la idea de esa Superliga a pesar de que no soy aficionado al fútbol. Como liberal que soy me repugna toda concentración excesiva de poder económico y esta idea de crear una liga especial con los clubes económicamente más poderosos lo es sin paliativos.

Vamos a ver, se trata de que un conjunto de clubes, los más poderosos económicamente, se junten para captar todo el negocio en torno a este espectáculo, que de esta manera lo será más y será menos deporte, expulsando del mercado futbolístico a toda una gran cantidad de clubes pequeños que quedarían en una liga marginal. En definitiva, estos señores de los grandes clubes están intentando crear un oligopolio futbolístico con la creación de una posición dominante mediante una especie de mecanismo de fusión.

No hay quien se trague eso de que este movimiento se hace para “salvar el fútbol”: enternecedor, pero más falso que Judas. Esto se hace por motivos económicos y lo que resulta es que el dinero que se mueve en este mercado pasaría en su práctica totalidad a estos clubes y expulsaría a los más modestos. No hay nada más anticompetitivo que esto. Y lo digo porque este caso habría que analizarlo a la luz de la Política de la Competencia Comunitaria que existe precisamente para defender a los más débiles y a los consumidores de los efectos nefastos de estas concentraciones excesivas de poder económico.

Que conste que la Política de la Competencia no la inventó el marxismo ni las izquierdas, sino que es un invento estadounidense y hoy en día constituye una de las herramientas más eficaces de defensa de una competencia libre y limpia y para asegurar que la posibilidad de acceder a un mercado por pequeñas empresas innovadoras (léase clubes más modestos) permanezca siempre abierta y que ningún grupo más poderoso económicamente les cierre el paso.

El Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea dice en su artículo 101:

1. Serán incompatibles con el mercado interior y quedarán prohibidos todos los acuerdos entre empresas, las decisiones de asociaciones de empresas y las prácticas concertadas que puedan afectar al comercio entre los Estados miembros y que tengan por objeto o efecto impedir, restringir o falsear el juego de la competencia dentro del mercado interior y, en particular, los que consistan en:

Y sigue una lista específica de prácticas entre las que por ejemplo se encuentra la:

b) limitar o controlar la producción, el mercado, el desarrollo técnico o las inversiones;

Pero además el artículo 102 dice:

Será incompatible con el mercado interior y quedará prohibida, en la medida en que pueda afectar al comercio entre los Estados miembros, la explotación abusiva, por parte de una o más empresas, de una posición dominante en el mercado interior o en una parte sustancial del mismo.

Y de nuevo sigue una serie de acciones específicas prohibidas entre las que por ejemplo se encuentra:

b) limitar la producción, el mercado o el desarrollo técnico en perjuicio de los consumidores;

Pero es que además el reglamento de concentraciones de empresas prohíbe la creación de una posición dominante mediante una fusión y este concepto ya se ha aplicado a un oligopolio , y esta Superliga es un oligopolio que adquiere una posición dominante por fusión. Recomiendo que el caso se examine bajo el prisma de la Política de la Competencia de la Unión Europea y que no nos enternezcan los argumentos de que se pretende salvar el fútbol; estas suelen ser el tipo de razones que esgrimen los que pretenden crear un cártel y no me dan pena.

*López Veiga es exjefe de unidad de la Dirección General de la Competencia de la Comisión Europea y ex director general de Finanzas y Control Financiero del Parlamento Europeo

Caso T-102/96 Gencor v Comisión (1999) y otros