Fútbol / Primera Federación
La RFEF no da la razón al Pontevedra y ratifica su exclusión del play off
La resolución de la Real Federación Española de Fútbol rechaza la suspensión cautelar de la eliminatoria entre el Real Madrid Castilla y el Sabadell, en la que aspiraban a estar los granates, que recurrirán

Gustavo Santos
Un nuevo revés para el Pontevedra. La Real Federación Española de Fútbol ha desestimado las reclamaciones de los granates y mantiene al club fuera del play off. Tampoco acepta la suspensión cautelar de la primera eliminatoria de ascenso a Segunda División entre el Real Madrid Castilla y el Sabadell, en la que aspiraban a estar los granates, que recurrirán.
Así se detalla en la resolución recibida ya en la sede granate desde la RFEF. En ella se determina de nuevo que la quinta posición del grupo 1 de Primera Federación le corresponde al Real Madrid Castilla, como se decidió tras el dramático partido del sábado pasado, en una rocambolesca jornada en la que primero se situaba en ese puesto al Pontevedra, pero después se modificó a favor del filial blanco.
El club pontevedrés pedía además la suspensión cautelar de la primera eliminatoria, pero se rechaza también esa solicitud «al entender que con esta resolución del Juez Único ya existe, al menos en primera instancia federativa, un pronunciamiento».
Por último concede un plazo improrrogable de 48 horas desde la notificación de la resolución para interponer recurso, «sin efecto suspensivo», ante el Comité Nacional de Segunda Instancia de la RFEF.
Con ese plazo, ya queda prácticamente descartado que el Pontevedra pueda revertir la situación, ya que el partido entre el Real Madrid Castilla y el Sabadell está fijado para este viernes a las 21.00 horas en el estadio Alfredo Di Stéfano.
El club confirma que presentará un nuevo recurso dentro del plazo establecido, y reitera su «convicción de que la interpretación reglamentaria defendida por la entidad se ajusta plenamente a la normativa aplicable».
Por el momento, el club mantiene sus entrenamientos. Lo hizo el lunes y tiene otro programado para este martes.
El Pontevedra emitía el lunes un comunicado oficial en el que explicaba la situación desde dentro y el estado de la cuestión. Ya por la mañana, la Real Federación Española de Fútbol respondía al escrito presentado por el club y trasladó el documento al Real Madrid Castilla y al Barakaldo para que realizasen las consideraciones que estimasen oportunas.
La directiva granate, a su vez, remitió un nuevo escrito adicional en el que refuerza la interpretación reglamentaria defendida en el primer documento presentado. Además, en su escrito explicativo publicado en las redes sociales de la entidad, recordó a todos sus abonados y aficionados que continúa trabajando en la defensa de sus derechos deportivos y que cualquier novedad oficial será debidamente comunicada.
Pero este trasiego jurídico no ha dado resultado y, salvo sorpresa inesperada, los granates ya han puesto fin a la temporada.
Al margen de la interpretación de la normativa, en la que el Juez Único estima que el quinto puesto corresponde al Real Madrid Castilla y no al Pontevedra, el club granate también incluyó entre sus argumentos la sucesión de mensajes en redes sociales y la información en la web de la RFEF que situaban inicialmente al equipo pontevedrés dentro de play off. Estos contenidos fueron corregidos o eliminados más tarde.
Al respecto, la resolución contraria al Pontevedra detalla que «tampoco puede acogerse la alegación formulada por el Pontevedra relativa a la existencia de actos propios derivados del contenido de determinadas publicaciones efectuadas en perfiles de redes sociales de la competición o de alguno de los clubes implicados. Resulta ocioso poner de manifiesto que las consecuencias clasificatorias derivadas de la finalización de la competición no pueden quedar al arbitrio de manifestaciones, publicaciones o comunicaciones efectuadas por clubes participantes ni por personas encargadas de la gestión de perfiles informativos o redes sociales de la competición, carentes de cualquier competencia decisoria en materia competicional. La determinación de la clasificación final y la aplicación de los criterios de desempate constituyen funciones atribuidas reglamentariamente a los órganos competicionales de la RFEF, únicos facultados para interpretar y aplicar las normas reguladoras de la competición en la resolución de las cuestiones que afecten a la clasificación final de las competiciones sujetas a sus respectivas competencias en virtud del carácter profesional o no profesional de las mismas».
Añade que «por ello, las referencias efectuadas a cualesquiera publicaciones, realizadas inmediatamente después de la finalización de los encuentros afectados, carecen de cualquier eficacia decisoria o vinculante, no pudiendo generar derechos adquiridos, situaciones jurídicas consolidadas ni vincular el ejercicio de las competencias atribuidas reglamentariamente a los órganos competicionales de la RFEF. La doctrina de los actos propios exige la existencia de actos inequívocos emanados del órgano competente y aptos para generar una confianza legítima jurídicamente protegible respecto de una concreta situación jurídica consolidada, circunstancias que no concurren en meras publicaciones realizadas en redes sociales, cuya naturaleza es esencialmente divulgativa y no resolutoria».
«Por las mismas razones tampoco puede alegarse cambio alguno de criterio en relación con el modo en que la clasificación provisional tras la jornada 37ª en la página web de la RFEF, contenida a efectos meramente informativos, pudiera ordenar por puestos clasificatorios a cuatro equipos empatados a puntos antes del término de la fase regular porque tampoco tal orden de puestos en una clasificación provisional e informativa, durante el desarrollo de la competición, es fruto de acto decisorio alguno de los órganos competicionales».
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