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El juez de Tui reitera que no es competente para encargar a la UCO la investigación del caso Déborah

Insiste en que las partes «las partes no poseen un derecho dispositivo sobre el procedimiento judicial»

El abogado de la familia presenta una solicitud de aclaración al apreciar «contradicciones» en el auto y descarta pedir la reapertura

La familia de la joven asesinada publicó en sus redes un nuevo vídeo sobre los «errores incomprensibles» en la investigación, en este caso relativo a la pérdida del teléfono móvil y su tarjeta SIM

Un fragmento de la declaración judicial del entonces inspector de Homidicios de Vigo, en la causa por la muerte de Déborah

Un fragmento de la declaración judicial del entonces inspector de Homidicios de Vigo, en la causa por la muerte de Déborah / FdV

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El juez de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Tui, plaza 1, confirma la providencia del pasado 10 de abril, en la que decretó que no es competente para atribuir la instrucción del caso de la desaparición y muerte de una joven viguesa en el 2002 a la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil. De esta forma, desestima el recurso de reforma presentado por la familia de la víctima contra dicha providencia.

La Fiscalía había impugnado también dicho recurso al considerar que no hay hechos, indicios o elementos de prueba nuevos que justifiquen la reapertura. En el escrito, con respeto al cual la familia ha presentado una solicitud de aclaración en la que entre otras cuestiones afirma que se pueden practicar actuaciones policiales aunque un asunto esté sobreseído y que de hecho ellos no piden la reapertura judicial, el juez dice que «las partes no poseen un derecho dispositivo sobre el procedimiento judicial, dado que corresponde al órgano jurisdiccional encomendar a la policía judicial la práctica de las diligencias, sin que la elección del cuerpo policial quede a discreción de las partes». Afirma que la causa «está provisionalmente sobreseída, sin constar indicio ni hecho nuevo que justifique su reapertura».

El juez también explica en la resolución que en el escrito presentado «no se señala precepto legal alguno que se considere vulnerado, ni se invoca quiebra de derecho procesal o material que haya causado perjuicio a la parte recurrente». A mayores, subraya que lo alegado en el recurso «no difiere de lo ya planteado en su momento con la petición inicial que motivó la resolución ahora recurrida», al tiempo que recalca que «simplemente reitera lo ya solicitado».

Nuevo vídeo de la declaración del inspector de Homicidios

Con todo, la familia ha publicado un nuevo fragmento de la declaración del inspector de Homicidio de Vigo en el 2002, cuando murió Déborah, en el que se el pregunta por el teléfono móvil de la joven, de su desaparición y su posterior hallazgo ya sin tarjeta SIM.  El responsable de la investigación reitera, como al resto de preguntas que le hace el abogado de la familia, Ramón Amoedo, no acordarse de nada; incluso duda de lo que es una inspección visual del teléfono. «Nuestra desconfianza no nace de teorías. Nace de errores incomprensibles. De pruebas desaparecidas. Y de 24 años sin respuestas», admite la familia.

A mayores, en su petición de aclaración al juez, señalan «contradicciones» entre su primer auto y el actual, y en base a esta imposibilidad de que sea la autoridad judicial la que ostente la competencia para dirigir la investigación hacia uno u otro cuerpo policial.

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