Un juez paraliza la construcción de un aeródromo privado en Salceda
Estima el recurso que presentó la Comunidad de Montes de Caldelas y anula la autorización municipal al recalcar que no es una obra menor

Terrenos del aeródromo de Entenza, en Salceda. / Anxo Gutiérrez
El Tribunal de Instancia de Pontevedra ha anulado la autorización otorgada por el Concello de Salceda de Caselas para la construcción de un aeródromo en la parroquia de Entenza, aunque el fallo no es firme y contra el mismo cabe recurso ante el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG).
El titular de la plaza 1 de la Sección de lo Contencioso-Administrativo entiende que este permiso fue concedido «sin ninguna autorización ni informe favorable» de la autoridad sectorial competente en materia aeroportuaria. El fallo estima así el recurso presentado por la Comunidad de Montes de Caldelas de Tui contra el acuerdo adoptado por el Concello en septiembre de 2024.
El tribunal ha ordenado la paralización de este proyecto y anula la comunicación previa, presentada por una sociedad de vuelo para «obras menores» consistentes en la construcción de un aeródromo en la parroquia de Entenza. Las obras consistían en una pista de aterrizaje de 500 metros de largo por 15 de ancho, una plataforma de estacionamiento para aeronaves y un vial de acceso.
El juez, tras analizar el expediente administrativo y los argumentos de las partes, concluye que la construcción del aeródromo en suelo rústico protegido no puede ser calificada como obra menor. En este sentido, destaca que el ámbito, que abarcaría la pista de aterrizaje, zona de aparcamiento y vial de acceso, tiene unos 47.000 metros cuadrados de superficie.
En la resolución, indica que lo que se pretende implantar «excede, con mucho, del concepto —restringido— de obras menores», al tiempo que afirma que precisa, necesariamente, del título habilitante de la licencia urbanística.
El magistrado también subraya que la sociedad promotora no instó la tramitación de la habilitación o autorización del nuevo uso de aeródromo. Señala que los movimientos de tierras y demás obras no se realizan como mera infraestructura para el uso forestal preexistente, sino que se dirigen a implantar un nuevo uso «totalmente diferente».
El juez también subraya que el Concello de Salceda tampoco comprobó si las prescripciones del proyecto se ajustaban a los requisitos técnicos que deben cumplir los aeródromos, existiendo una «omisión total y absoluta» del procedimiento establecido.
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