A la formación de este informe ambiental de la Xunta se llegó luego de un análisis de los efectos ambientales previsibles y de las características ambientales del área probablemente afectada, y tras haber pasado un periodo de consultas previas en la que se recibieron alegaciones y observaciones por parte de varios órganos sectoriales administrativos (Dirección General de Aviación Civil, Dirección Xeral de Planificación e Ordenación Forestal, Instituto de Estudos do Territorio, Dirección Xeral de Patrimonio Cultural, Dirección Xeral de Ordenación do Territorio e Urbanismo y Dirección Xeral de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnolóxica), del Concello de Vigo y de la Comunidad de Montes de Tameiga, las cuales deberán ser consideradas en su totalidad en la elaboración del Plan.

En el caso del consistorio vigués considera que dichas instalaciones deportivas podrían estar localizadas al lado de las actuales de A Madroa o en otras ofrecidas por este concello a la entidad deportiva y que se obvia la cuestión del abastecimiento de agua al recurrir al establecimiento de pozos de captación; con respecto al documento ambiental manifiesta que la red hídrica, usos del suelo, paisaje y patrimonio cultural no tienen en cuenta al Concello de Vigo que se encuentra en su ámbito de influencia y que los efectos requieren de un tratamiento pormenorizado y señala que la descripción de la vegetación del ámbito no se corresponden con la realidad existente ya que se iniciaron los movimientos de tierra y la ejecución de los muros de contención de los futuros campos.