El Juzgado de Primera Instancia número 60 de Madrid ha condenado a la aseguradora de un urólogo con consulta privada en Ponteareas a indemnizar con 30.000 euros a la viuda de un paciente, vecino de Barciademera (Covelo), que falleció en abril de 2012 al considerar que, si hubiese ordenado con anterioridad las pruebas recomendadas para determinar la presencia de un tumor, podrían haber aumentado sus posibilidades de supervivencia.

La sentencia, contra la que cabe recurso de apelación ante ese juzgado, ha estimado parcialmente la demanda y contempla que, además de la indemnización, la aseguradora deberá abonar el interés devengado desde 2012, aunque no las costas procesales.

El tribunal considera probado que el hombre fallecido, Daniel S., fue atendido en varias ocasiones por este urólogo, así como en centros de atención primaria del Sergas de la zona, entre noviembre de 2008 y enero de 2010.

En enero de 2009, el paciente, ahora fallecido, informó a este urólogo de la existencia de hematuria, sangrado en la orina. Como consecuencia, el facultativo ordenó una ecografía y lo citó a una revisión dos meses más tarde. El facultativo tuvo constancia de un segundo episodio de hematuria en una consulta de mayo de 2009, cuando solicitó la realización de un TAC, al que el paciente no llegó a someterse.

La parte denunciante alega la existencia de un caso de mala praxis por parte del doctor al considerar que había infravalorado "los factores de riesgo, signos y síntoma" y, por estos motivos, había exigido una indemnización de 120.000 euros.