La Audiencia de Pontevedra acoge el día 12 un juicio contra el propietario de un conocido local de alterne de Peinador, en Mos, que no tenía aseguradas a 27 supuestas trabajadoras.

El juicio pretende esclarecer la responsabilidad en un delito contra los derechos de los trabajadores del dueño del establecimiento BD.M.S,, que regentaba el 23 octubre de 2014 este club de alterne, muy próximo a la terminal del Aeropuerto vigués, cuando fue inspeccionado por inspectores de Trabajo.

El Fiscal pide para este hombre tres años de cárcel y el cierre del local durante cinco años, evitable esta segunda medida si el día del juicio el acusado presenta certificado de la TGSS de estar al día en el alta en la Seguridad Social de todas las trabajadoras.

En el escrito de acusación, la fiscalía explica que en octubre de 2014 el establecimiento "estaba dedicado a actividad de alterne y prostitución, así como de hospedaje".

El dueño, el 23 de octubre de ese año "actuando con la intención de perjudicar a los trabajadores y de infringir la normativa laboral, dio ocupación de forma simultánea a varias trabajadoras del alterne seleccionadas, las cuales debían someterse al régimen laboral impuesto por el acusado consistente en respetar los horarios de apertura y cierre del local, atraer o servir de reclamo a los clientes para incitarles al consumo de copas, de cuyo precio total el club se quedaba con 10 euros quedándose la trabajadora con la cantidad restante y descontándosele además 5 euros por el uso de las sábanas y entrega de preservativos".

"En concreto, ese día, el acusado dio ocupación laboral en dicho local a 41 trabajadores, de los cuales 13 trabajadores estaban dados de alta en el Régimen General de la Seguridad Social por la citada empresa (dos porteros, cinco camareros, un encargado, tres limpiadoras y el encargado de seguridad y administrador del establecimiento), estando 28 supuestamente sin dar de alta en el régimen de la Seguridad Social.

Con todo, los inspectores de Trabajo levantaron contra el complejo administrado por el acusado un acta de infracción que afectaba a 21 trabajadoras que se encontraban realizando labores de alterne careciendo de permiso de trabajo, y otra acta de infracción que afectaba a 6 trabajadoras por realizar funciones de alterne careciendo además de la correspondiente autorización para trabajar en España.

El acusado presentó documentación acreditativa conforme a fecha de los hechos se encontraban en este club, 21 trabajadores de alta en el Régimen General de la Seguridad Social, pero ninguno de ellos se correspondía con las correspondientes a las actas de infracción levantadas por la TGSS.

Además de la prisión, Fiscalía pide inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo e inhabilitación especial para el cargo de administrador de industria o comercio por tiempo de tres años y Multa de nueve meses con una cuota diaria de 10 euros y responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago.

Además el acusado y su empresa deberán indemnizar de forma conjunta y solidaria a la TGSS por las cuotas derivadas del alta en el Régimen de la Seguridad Social de las trabajadores ocupadas ilegalmente.