Una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 da la razón al Concello de Baiona en un pleito a raíz de una demanda de la Unión General de Trabajadores, que recurrió los presupuestos de 2017 y la composición de la plantilla de personal asociada por considerar irregular la reubicación de dos funcionarios.

El presupuesto contemplaba el traslado del notificador asociado a la Secretaría municipal al departamento de empleo, en la Casa do Reloxo, y de la vigilante/cobradora de mercados a la recepción del Museo de la Navegación. El sindicato consideraba que las reubicaciones respondían a represalias por la representación sindical de estos trabajadores, dado que alegaba que no existían motivaciones de funcionalidad para llevarlos a cabo.

El fallo judicial recalca que el cambio de ubicación de ambos obedeció a razones de eficiencia organizativa y rechaza que estuviese dirigido perjudicarlos por su actividad sindical.

La sentencia, que no es firme y admite recurso de apelación ante el TSXG, impone las costas procesales a la formación sindical demandante, de 600 euros en este caso.