La justicia vuelve a ponerse del lado de los cerca de cuarenta percebeiros de Baiona que llevaron a la Consellería do Mar a los tribunales para defenderse de las más de 50 sanciones económicas que les ha impuesto desde hace dos años. El Juzgado de lo Contencioso Administrativo Número 1 de Vigo acaba de anular la segunda de las multas recurridas, esta vez por considerar el juez que la infracción que refiere no está suficientemente probada. La sentencia emitida el pasado miércoles pone en duda la credibilidad de los vigilantes de la Cofradía de Pescadores que firmaron la denuncia contra el mariscador que ha ganado el pleito y ha logrado librarse de pagar los 351 euros que la Xunta le había requerido por faenar con una arte no autorizada.

El expediente corresponde a una denuncia de los guardapescas del pósito baionés del 14 de octubre de 2016 contra Eduardo Durán Álvarez, patrón de la embarcación "Beredu". Aunque es un habitual del percebe, ese día se dedicaba a otras especies. Según el acta, usaba palangre cuando ese día había comunicado una alternancia de artes para nasa de pulpo. Los vigilantes aportaron una fotografía como prueba que el juez considera "insuficiente", no solo porque "recoge una perspectiva parcial" de la embarcación, sino también porque testigos que declararon en el juicio celebrado el pasado 28 de noviembre señalaron que no se correspondía con el barco y porque "tampoco se conoce la fecha y la hora en que se tomó la imagen, que podría haber sido hecha cualquier día, en cualquier lugar y a cualquier nave".

Ante la falta de peso de las pruebas, el juez cuestiona que la Xunta "tampoco pidiese explicaciones a los denunciantes en el seno del expediente, como habría resultado oportuno" y apela al "derecho a la presunción de inocencia del artículo 24-2 de la Constitución" . En esta línea, señala que "para que haya sanción es necesaria una prueba de cargo suficiente".

Además de cuestionar la verosimilitud de la foto, el fallo judicial afirma que los guardapescas "no desempeñan en estos hechos un papel objetivo, imparcial y desinteresado" y recuerda que "dos de ellos habían sido investigados por un delito de falsificación de documentos públicos". Aunque resultaron absueltos de aquel proceso, el juez incide en que "habían plasmado datos inciertos en un acta de inspección". Recalca también la sentencia quedos meses después de la denuncia de esta causa, los guardapescas levantaron otra acta contra el mismo percebeiro por no haber pasado por el punto de control de capturas, que desmintieron los efectivos del Servizo de Gardacostas minutos después.

Conflicto del pósito

En este sentido, el juez relaciona el asunto con "el importante grado de conflictividad que ensombrece el funcionamiento de la Cofradía, que había desembocado a la denuncia presentada por varios cofrades -entre ellos, el demandante- ante la Guardia Civil contra la patrona mayor y la presidenta de la Agrupación de Percebeiros por supuestas irregularidades en la tenencia de 30 kilos de percebes. Denuncia que se presentó muy pocos días antes de la fecha del acta que nos ocupa".

Señala asimismo la sentencia que uno de los guardapescas "difundió mensajes por whatsapp en los que desliza la intención de tomar represalias contra esos denunciantes" de las dirigentes del pósito.

Pese a la gravedad de los hechos relatados en la sentencia, el juez no deduce testimonio para instar a la Fiscalía a investigarlos porque se trata de un tribunal de lo contencioso, que se limita a determinar la legalidad o ilegalidad de un acto administrativo como la sanción en cuestión.

No obstante, el representante legal de los percebeiros, el abogado de la Asociación de Profesionales Autónomos del Mar (Aproamar), Alberto Muñoz, no descarta acudir a la vía penal para denunciar estos asuntos en cuanto finalicen los pleitos administrativos. Considera que esta segunda sentencia favorable a sus clientes demuestra que "se está desmontando toda una estrategia para perseguirlos".