La Fiscalía del área de Vigo acordó el archivo de las diligencias abiertas contra el alcalde de Gondomar, Paco Ferreira, por el cobro de dietas por kilometraje ya que "los hechos denunciados carecen de transcendencia penal", según consta en el decreto de archivo al que tuvo acceso FARO.

La denuncia por el cobro, supuestamente indebido de dietas por kilometraje, dentro y fuera del municipio, así como cobro del fondo social y cobro del fondo de pensiones, fue denunciado ante Fiscalía por Gondomar Concello Aberto - CABE, después (o paralelamente) a que los propios socios de gobierno de Ferreira, Manifesto Miñor, formulasen una denuncia pública también recogida por este periódico.

En su denuncia ante Fiscalía, el concejal de CABE Pauliño del Río Iglesias acusó a Ferreira del cobro indebido las dietas de kilometraje fuera del término municipal reparadas por intervención, cobro de gastos de kilometraje sin datos que las sustenten, cobro del fondo social "al que no tiene derecho por no ser funcionario en activo" y al cobro del fondo de pensiones respecto al que del Río denunciaba "desigualdad" con respecto a otras personas.

La Fiscalía tomo declaración al alcalde y a la interventora municipal, considerando que no existe delito en la actuación de Paco Ferreira sobre estos temas, determinando que las denuncias "carecen de relevancia penal".

Fondo de pensiones

Según la fiscal que llevó el caso, el alcalde de Gondomar ha acreditado el derecho que le ampara el cobro del Fondo de Pensiones "ya que se refiere a épocas en las que sí ostentaba la condición de funcionario público del Concello".

"De la misma forma es razonable la explicación facilitada sobre la desigualdad en las atribuciones, a tenor de las diferentes cantidades cobradas, aportando cuadro comparativo y añadiendo que, según voluntad del beneficiario, las cantidades se imputaban a nómina", indica.

Además señala en cuanto al kilometraje, tanto el abonado por desplazamientos en Gondomar como fuera del término municipal, que "es plausible y lógica la explicación, relativa a la imposibilidad de justificar continuamente los gastos, explicando también la solución que se ha dado en la actualidad (la adquisión de un coche adscrito a Alcaldía) y añadiendo que en su opinión cuando celebra una boda fuera del término municipal está realizando un acto propio de su autoridad como alcalde, siendo su opinión que se lo debe a sus vecinos pese a que en muchas ocasiones se celebran en días festivos".

La fiscal señaló que en el marco de las presentes diligencias ha declarado la también interventora del Concello que afirmó carecer de datos para afirmar que las cantidades reclamadas en concepto de kilometraje fueran falsas "y que simplemente se limita a poner de relevancia que no están justificadas".

Igualmente añade que en su día elaboró el informe del área de Intervención en relación al fondo de pensiones "desconociendo el informe de la comisión paritaria, ni la propuesta de valoración ni el acta de negociación con los sindicatos". Asimismo manifestó que las cuentas del año 2016 del Concello fueron fiscalizadas por el Consello de Contas.

Fiscalía dio traslado del archivo de las diligencias a Pauliño del Río indicando que tiene expedita la vía judicial "para hacer valer lo que a su derecho convenga", ya que este tipo de diligencias no son recurribles.

La fiscal recuerda en los primeros párrafos del decreto de archivo que "en relación a los actos y decisiones de los funcionarios públicos, únicamente revisten carácter penal aquellos que vulneran frontalmente el ordenamiento jurídico y se toman de manera arbitraria y sin base legal alguna, quedando fuera de este ámbito aquellos respecto a los que se ofrece una explicación razonada o cuando menos discutible en derecho".