La Alcadía de Redondela emitió un bando sobre el uso y disfrute de las playas del municipio, en el que advierte que "las infracciones o incumplimientos de las normas" que resulten de competencia del Concello pueden dar lugar a sanciones de hasta 12.000 euros. El bando establece como playas aptas para el baño las de Arealonga, Cesantes, Cabanas y Rande, y especifica que la temporada de baño se extenderá del 1 de julio al 30 de septiembre "salvo que otra normativa de rango superior determine otra cosa".

El concejal de Medio Ambiente, Miguel Ángel Álvarez, explicó que la promulgación de este bando se debe a que la ACEAC -el organismo que otorga las Banderas Azules, enseña que luce el arenal de Cesantes- exige un reglamento municipal sobre el uso de las playas.

Esta resolución de la Alcaldía indica que "durante la temporada de baño se realizará un servicio diario de limpieza de los arenales", e insta a quienes produzcan residuos que les puedan afectar a retirarlos "con la mayor diligencia". Añade que cuando se permita el acceso con animales domésticos, "los poseedores deberán proceder a la inmediata recogida de sus defecaciones". Además prohíbe la acampada en todas las playas del término municipal.

A continuación, recogemos los 4 puntos del bando íntegro:

  1. TEMPORADA DE BAÑO: del 1 de julio al 30 de septiembre.
  2. LIMPIEZA Y RECOGIDA DE RESIDUOS: durante la temporada de baño se realizará una limpieza diaria de los arenales. Todos los titulares de propiedades, derechos o instalaciones autorizadas que generen residuos que puedan afectar a los arenales y a su zona de influencia deberán retirarlo con la mayor diligencia posiblem especialmente en la temporada de baño, utilizando los medios de recogida que el Concello y otras administraciones establezcan. El Concello atenderá las demandas de colaboración que tales titulares puedan plantear ante cualquier circunstancia que merezca especial consideración.
  3. ACCESO CON ANIMALES DOMÉSTICOS A LAS PLAYAS: mediante los sistemas de señalizacion necesarios se informará en cada playa de la posibilidad o prohibición de acceder con animales domésticos, en función de sus características y período del año. En todo caso, los poseedores de cualquier animal deberán proceder a la inmediata recogida de sus defecaciones.
  4. PERNOCTACIÓN Y ACAMPADAS: con carácter general queda prohibida la acampada en todas las playas del término municipal, independientemente de la duración y los medios que se utilicen. Fuera de aquellas playas que cuenten con distintivo de Bandera Azul se podrá autorizar la pernoctación y/o acampada con carácter excepcional para actividades de interés.